BOE 20.10.14 Resolución MUGEJU modificand
Estimados compañeros y estimadas compañeras,
Adjuntamos enlace al BOE de hoy, 20 de octubre, en donde se ha publicado la resolución de la MUGEJU que modifica parcialmente las ayudas del fondo de asistencia social que, como os hemos informado en un correo anterior, ha sido modificada de manera unilateral por la Gerencia de la MUGEJU sin informar a la Comisión Permanente
Resolución de 9 de octubre de 2014, de la Mutualidad General Judicial, por la que se modifica parcialmente la de 26 de diciembre de 2012, por la que se establecen los criterios de concesión de las ayudas del Fondo de Asistencia Social.
CCOO denuncia que otra vez más la Gerencia de la MUGEJU suprime el límite de rentas para acceder a ayudas del Fondo de Acción Social (FAS) algo que no se entiende, salvo que se quiere privilegiar a determinadas personas. El FAS se creó, para cubrir, dentro de sus limitaciones y de
las previsiones presupuestarias, aquellas situaciones excepcionales de extrema necesidad en que puedan encontrarse los mutualistas o los familiares a su cargo. Dado el carácter excepcional de las prestaciones del Fondo de Asistencia Social, desde su establecimiento éstas han estado sujetas a determinados niveles de renta e ingresos de los solicitantes, de forma que cuando la unidad familiar del solicitante supera determinado nivel de ingresos y renta se entendía que no se estaba ante un estado de necesidad que justificara el abono de la ayuda correspondiente, y ello con independencia de la patología del mutualista o familiar a su cargo.
CCOO no se opone a la supresión de los baremos de renta e ingresos en todas las solicitudes de ayudas del fondo de acción social pero siempre y cuando se recuperen todas las ayudas de este fondo que fueron suprimidas por las resoluciones de esa Gerencia.
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