CCOO INFORMA DE OTRA BUENA NOTICIA EN
RELACION CON LA PAGA EXTRA DE LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
ELIMINADA EN 2012.
UN JUZGADO DE GIRONA DICTA LA SEGUNDA
SENTENCIA QUE RECONOCE LA ILEGALIDAD DE LA SUPRESION DE LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE
DE 2012 AL PERSONAL FUNCIONARIO DE LA ADMINSITRACION DE JUSTICIA Y OBLIGA A LA
ADMINISTRACION A SU DEVOLUCION INTEGRA
CCOO lamenta que, incomprensiblemente, haya Juzgados que no fallen en el
mismo sentido (reconociendo sólo el derecho a la devolución de la paga
desde el 1 de junio al 14 de julio, pero no en su totalidad) y, esperamos que, siendo idénticos los
argumentos jurídicos utilizados en todos los recursos interpuestos (y que
han sido estimados por un Juzgado de Sevilla y, ahora, por uno de Girona), haya sentencias en todos los ámbitos
territoriales reconociendo el derecho a la devolución íntegra de la paga extra
de diciembre de 2012 a los funcionarios de la Administración de Justicia.
CCOO SE HA DIRIGIDO
NUEVAMENTE LA MINISTERIO DE JUSTICIA Y AL MINISTERIO DE HACIENDA PARA QUE
DEVUELVAN LA INTEGRIDAD DE LA PAGA EXTRA A TODO EL PERSONAL (FUNCIONARIO Y
LABORAL) QUE PRESTA SERVICIOS EN LA
ADMINISTRACION DE JUSTICIA.
Madrid, 19 de marzo de 2014.
La
supresión de la paga extra de 2012 por el gobierno de Rajoy, se estableció con
carácter general para todo el personal que presta servicios en la
Administración Pública por Real Decreto Ley de 13 de Julio de 2013. Sin
embargo, las pagas extraordinarias del
personal funcionario de la Administración de Justicia se regulaban en aquel
momento en la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la publicación de la
reforma realizada en la LOPJ que habilita al gobierno para hacer este recorte
no se produce hasta el 28 de diciembre de 2012.
Como viene manteniendo CCOO en todos los recursos presentados, jurídicamente,
una nombra con rango inferior no puede modificar ni contradecir una de rango
superior, por lo que la supresión de esta paga extra para el personal
funcionario de la
Administración de Justicia no opera hasta la entrada en vigor
de la reforma de la LOPJ que se produce mediante la publicación de la Ley
Orgánica 8/2012 de 27 de diciembre (BOE 28/12/2012). La paga extra suprimida se
devengó desde el 01 de Junio hasta el 30 de Noviembre de 2012, por lo tanto en el
momento en que entra en vigor reforma de la LOPJ (29 de diciembre de 2102) ya hemos devengado la paga extra
íntegra. La reforma supone una restricción de derechos consolidados de forma
retroactiva. Es decir, deja de pagar un trabajo ya realizado. Es ilegal.
Para
acogerse al procedimiento de extensión de efectos, entre otros requisitos, las
sentencias deben provenir de órganos judiciales del mismo ámbito territorial.
Como
sabéis CCOO
tiene planteadas varias reclamaciones en los distintos ámbitos territoriales, y
si bien en alguno de ellos ya tenemos
resoluciones que reconocen en derecho a la devolución de la parte proporcional
de la paga extra devengada hasta el momento en que entró en vigor el RDL
20/2012, recomendamos esperar a la confirmación del sentido del fallo de esta
sentencia de Girona (al igual que ya hizo la del Juzgado de lo C-A nº 10 de
Sevilla) en otras instancias para evitar que la presentación masiva de demandas
individuales pudieran no garantizar un resultado positivo para todas y todos que
recoja el 100% de la paga extra reclamada.
Por eso CCOO
seguimos recomendando a nuestra afiliación, y al resto de los trabajadores y
trabajadoras, prudencia y no iniciar el procedimiento de extensión de efectos
ya que hay plazo más que suficiente para agotar la prescripción (debemos
recordar que los funcionarios públicos disponen de cuatro años para reclamar
desde el primer descuento en nómina practicado en aplicación del RDL 20/2012).
Y es que, si se dictase en un ámbito concreto una sentencia posterior
que reconociera el derecho a la devolución de la totalidad de la paga extra de
2012 al personal funcionario de la Administración de Justicia, y no sólo la
parte devengada hasta el 14 de julio, el órgano judicial que dictara esa nueva
sentencia podría apreciar cosa juzgada y no admitir la extensión de efectos de
la nueva sentencia a aquellos solicitantes que ya hubieran presentado, y
obtenido, la extensión de efectos de una sentencia anterior.
CCOO llevará a cabo de forma genérica y plural para
todos los empleados públicos las peticiones y solicitudes oportunas de
restauración de la cantidad íntegra de los salarios descontados en 2012 ante
todas las Administraciones competentes, sin poner en peligro las acciones
individuales.
¡¡NO CEDAS MÁS DERECHOS!!
¡¡MOVILIZATE Y LUCHA!!
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