viernes, 19 de octubre de 2012

Instruccion aplicacion RD 20/2012 a procesos de IT al personal de la Administracion del Estado


EL GOBIERNO CASTIGA A LOS EMPLEADOS PÚBLICOS POR ENCONTRARSE ENFERMOS Y, A PARTIR DE HOY, YA APLICA EL RECORTE SALARIAL EN LOS PROCESOS DE I.T A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.(INCLUIDO EL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA NO TRANSFERIDO)

La Administración comienza a aplicar la disposición de reducción de las retribuciones en los procesos de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, y ello sin que la Administración tenga ninguna obligación para mejorar las condiciones de seguridad y salud de los empleados públicos.

Desde el 15 de octubre, tres meses después de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, surte efecto la disposición de reducción de las retribuciones en los procesos de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral.

En caso de bajas laborales por contingencias profesionales: accidente de trabajo y enfermedad profesional, así como  en los casos de hospitalización, intervención quirúrgica, y de empleados públicos sometidos a tratamientos de radioterapia y quimioterapia, o el de las trabajadoras en estado de gestación, aún cuando no haya situación de riesgo durante el embarazo las retribuciones serán del 100%.

Para en el resto de bajas laborales se aplicaran las siguientes reducciones del día 1 al 3, las retribuciones serán del 50%, y del día 4 al 20 del 75% del último mes percibido.

CCOO exige a la administración que cumpla con  la obligación legal que tiene de promover, proteger y restaurar la salud de sus empleados y empleadas públicos, ya que esta medida vuelve a hacer culpable a los empleados públicos sin que exista ningún tipo de contramedida para que la administración actúe para velar por la salud de sus empleados y empleadas.

La administración tiene la obligación de vigilar si las condiciones de trabajo, pueden generar o agravar daños en la salud en los empleados públicos y deben de realizarse reconocimientos médicos o exámenes de salud, pero es necesario para ello la información, participación y consulta sindical, para dictaminar los pliegos técnicos de dichos reconocimientos y la adjudicación a empresas externas de los reconocimientos médicos.

CCOO no consentirá que este gobierno además de quitar el dinero a los empleados públicos decida unilateralmente qué riesgos y daños se vigilan y cómo se vigilan. no podemos asumir que de manera unilateral se pudieran derivar a contingencias comunes bajas laborales que podrían ser originadas o agravadas por las condiciones laborales de nuestros puestos de trabajo.

Este gobierno utiliza para el control del absentismo laboral los salarios de los empleados públicos, mientras no tiene ni la más mínima intención de reducir  los daños que se puedan originar por las condiciones laborales, lo que nos lleva a una situación en la que no solo esta en juego nuestra nómina a fin de mes, sino también nuestra seguridad y salud, fruto todo ello del escaso interés que los que nos gobiernan tienen por los empleados públicos a los que solo aplican medidas de recortes.

Os adjuntamos la Instrucción a la que hemos podido tener acceso para la aplicación de esta medida en el ámbito de la Administración del Estado.

Como ya informamos ayer, para los funcionarios de la Administración de Justicia cuya regulación se contiene en la LOPJ, hasta que no sea aprobada la reforma de la LOPJ, en la que se ha introducido una disposición transitoria quinta queposterga la aplicación del RDLey en los casos de IT en un plazo máximo de seis meses desde su entrada en  vigor. Por tanto para CCOO, esta disposición si finalmente se aprueba, debe ser de aplicación a todo el personal de la Administración de Justicia, sea personal titular o personal interino, pues todos tenemos los mismos derechos laborales. 

Un saludo
 Sector de la Administración de Justicia de CCOO

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