LA LUCHA PARA LOGRAR EL MANTENIMIENTO DE LOS CENTROS DE DESTINO (ART 521 LOPJ) Y QUE NO SE PRODUZCA LA DESTRUCCIÓN DE EMPLEO (ART 489 Y 347 BIS LOPJ), NO ESTÁ GANADA
Haber conseguido el compromiso de PSOE, Unidos Podemos y Ciudadanos de presentar enmiendas en el Senado a favor de las reivindicaciones de los trabajadores/as, y el martes 27N del PP para votarlas a favor, es condición necesaria pero no suficiente
ES PRECISO MANTENER LA PRESIÓN HASTA LOGRAR LA GARANTÍA DE QUE, EN SU VUELTA AL CONGRESO, SE PRODUZCA UNA MAYORÍA QUE VOTE A FAVOR DE NUESTRAS RECLAMACIONES
CCOO sigue presionando y reuniéndose con los grupos parlamentarios, y en unidad de acción con todas las organizaciones que sigan considerando que esta batalla solo se gana cuando tengamos asegurada la mayoría suficiente en el Senado pero también en su vuelta al Congreso.
Además, os informamos que:
SE HA PUBLICADO EN EL BOE DE HOY, 29 DE NOVIEMBRE DE 2018, LOS NOMBRAMIENTOS DEL CUERPO DE GESTIÓN TURNO LIBRE OEP 2016, Y LOS DESTINOS ADJUDICADOS
Adjuntamos los enlaces completos al BOE:
MINISTERIO DE JUSTICIA
Nombramientos
- Orden JUS/1262/2018, de 16 de noviembre, por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, sistema general de acceso libre, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1165/2017, de 24 de noviembre.
Destinos
- Orden JUS/1261/2018, de 16 de noviembre, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1165/2017, de 24 de noviembre, en el ámbito de Península y Baleares.
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
Destinos
- Orden de 16 de noviembre de 2018, del Departamento de Trabajo y Justicia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1165/2017, de 24 de noviembre.
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
Destinos
- Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Justicia e Interior, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1165/2017, de 24 de noviembre.
COMUNITAT VALENCIANA
Destinos
- Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Justicia, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1165/2017, de 24 de noviembre.
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
Destinos
- Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1165/2017, de 24 de noviembre.
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Destinos
- Resolución 302/2018, de 16 de noviembre, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1165/2017, de 24 de noviembre.
COMUNIDAD DE MADRID
Destinos
- Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Justicia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1165/2017, de 24 de noviembre.
La orden establece, entre otras cuestiones, lo siguiente:
"Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado»
Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia.
En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Esto días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio "
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