EL
MINISTERIO DE JUSTICIA REMITE AL BOE RESOLUCIÓN DE LOS SUPUESTOS
EXCEPCIONADOS PARA EL ABONO DEL 100 % DEL SALARIO EN LOS CASOS DE
INCAPACIDAD TEMPORAL DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
PARA EQUIPARARLA A LA DE JUECES Y FISCALES
ESTA
RESOLUCIÓN ES UNA OBLIGACIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA PARA
CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN EL ACUERDO SUSCRITO POR EL MINISTRO DE
JUSTICIA CON LAS ORGANIZACIONES SINDICALES CCOO,
CSIF, STAJ Y UGT
Según
informa el Ministerio de Justicia, acaba de remitir al BOE la
modificación de la Resolución de 25 de junio de 2013, relativa a
"Resolución
de 25 de junio de 2013, de la Dirección General
de Relaciones con la Administración de Justicia, sobre retribuciones
en los casos de incapacidad temporal, para el personal al servicio de
la Administración de Justicia, en el ámbito territorial gestionado
por el Ministerio de Justicia", que debe contener lo
establecido en el acuerdo de 18 de diciembre de 2015, suscrito por el
ministro de Justicia y las organizaciones sindicales representativas
(CCOO, CSIF, UGT y STAJ), que, en
su compromiso tercero, equipara el régimen de retribuciones en los
casos de incapacidad temporal del personal de la Administración de
Justicia con el régimen previsto en la actualidad para jueces y
fiscales.
Su
publicación en el BOE está prevista, según el Ministerio de
Justicia, para el 31 de diciembre.
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