CCOO ACUSA AL GOBIERNO DE INTENTAR VACIAR LAS COMPETENCIAS DE LOS REGISTROS CIVILES DE MANERA VELADA EN LAS DISTINTAS MODIFICACIONES LEGISLATIVAS, PARA RETOMAR SU OBJETIVO DE PRIVATIZAR ESTE SERVICIO PÚBLICO, DEJÁNDOLES AHORA COMO MERO PUNTO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS EN LA TRAMITACIÓN DE LAS NACIONALIDADES.
CCOO PONE DE MANIFIESTO LA PUESTA EN PRECARIO DEL NUEVO PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA.
-CCOO denuncia que todavía no se ha probado el desarrollo reglamentario, habiendo entrado en vigor el nuevo procedimiento el pasado 15 de octubre.
-La ley 19/2015 introduce una abusiva tasa de 100 euros para la tramitación de los expedientes de nacionalidad por lo que CCOO exige que, dentro de la misma se entiendan incluidos los derechos de los exámenes que obligan a realizar.
La
entrada en vigor, desde el 15 de octubre, del nuevo procedimiento
para la adquisición de la
nacionalidad española por residencia
establecido en la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma
administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del
Registro Civil, está siendo un auténtico despropósito. Por más
cara amable que quiera presentar el Gobierno a través de los medios
de comunicación con primeras personas extranjeras que han superado
el primer examen sobre conocimiento
de la Constitución Española y de la realidad social y cultural
españolas (en adelante CCSE), la realidad es bien distinta: desde
el 15 de octubre no se pueden tramitar los expedientes para adquirir
la nacionalidad española por residencia.
El
nuevo procedimiento de nacionalidad española por residencia fue
introducido vía enmienda del PP en el Congreso al proyecto de Ley de
medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración
de Justicia y del Registro Civil, relativo al registro de nacimiento
y defunciones desde los hospitales, sin posibilidad alguna de debate
parlamentario y sin informe del Consejo de Estado o cualquier otro
organismo. Introducido como Disposición Final Séptima, modifica
radicalmente los expedientes de nacionalidad atribuyendo su
instrucción a la Dirección General de los Registros y del Notariado
( y no a los Registros Civiles, como sucedía hasta el 15 de
octubre), establece el pago de una tasa de 100 € por presentar la
solicitud (inicialmente se regulaba en la Ley de nacionalidad de los
sefardíes y era de 75 €) e introduce la necesidad de superar con
carácter general dos pruebas o exámenes: uno de idioma castellano
(diploma
español como lengua extranjera DELE de nivel A2 o superior)
y otro de conocimiento
de la Constitución Española y de la realidad social y cultural
españolas (en adelante CCSE).
Conforme
la Disposición Final Séptima de la Ley 19/2015 (publicada en el
BOE 14/07/2015) el Gobierno debía desarrollar reglamentariamente el
procedimiento de adquisición (apartado 1), qué documentos y pruebas
deben aportarse y practicarse para acreditar el cumplimiento de los
requisitos para obtener la nacionalidad española (apartado 3), el
diseño de las dos pruebas o exámenes (apartado 3) y la regulación
del pago de la tasa (apartado 4 de la DF 7ª). Pues bien, pasados
más de 15 días desde la entrada en vigor de la Ley 19/2015 CCOO
denuncia que el Gobierno no ha aprobado todavía dicho desarrollo
reglamentario, lo que en la práctica supone que no se puede tramitar
ningún expediente de nacionalidad.
Además el Instituto Cervantes ya ha empezado a realizar las pruebes
del CCSE sin aprobarse por el Gobierno el diseño de dicha prueba.
Resulta absolutamente injustificado que con una vacatio legis de 3
meses el Gobierno haya sido incapaz de desarrollar reglamentariamente
los preceptos de la Ley 19/2015, lo que está causando un grave
deterioro al servicio público, y al buen funcionamiento de los
Registros Civiles al no poder informar cómo debe procederse para
tramitar los expedientes, viéndose obligados numerosos Registros
Civiles a suspender la recogida de las solicitudes de nacionalidad
por falta de instrucciones sobre qué documentación tiene que
aportarse lo que provoca un gran desconcierto, y un grave perjuicio,
para las personas extranjeras que no saben a que atenerse.
Ante
tamaño dislate, la Dirección General de Registros y del Notariado
ha instruido a los Registros Civiles para que recojan las solicitudes
de nacionalidad cuales quieran que sean los documentos que se
presenten, y que luego se requerirá a las y los solicitantes para
que aporten la documentación que reglamentariamente se establezca.
Sin embargo, la propia página web del Ministerio de Justicia
establece que antes de presentar la solicitud las y los ciudadanos
extranjeros deben superar las pruebas del Instituto Cervantes.
CCOO
denuncia además cómo se van a realizar estas pruebas:
-
La solicitud para el examen CCSE sólo se puede hacer por Internet. Por tanto las personas extranjeras que no tengan acceso a internet o no sepan manejarse con los ordenadores no van a poder matricularse por ellas mismas
-
El examen CCSE, en la actualidad, no se oferta en todas las provincias, ni siquiera en todas las comunidades autónomas, y su coste es de 85 €.
-
El examen DELE A2, de idioma castellano, tampoco podrá realizarse en todas las provincias. Su coste dependerá del centro en que se realice, con un mínimo de 124 € que es la tarifa que cobra el Instituto Cervantes.
-
El primer examen de DELE A2 no podrá realizarse hasta abril de 2016.
A
la vista de lo anterior, CCOO
reitera su rechazo al cobro de cualquier tasa
o tarifa para poder acceder a la nacionalidad española, pero una vez
establecida en la Ley 19/2015 exigimos
cuanto menos que las tasas para poder realizar estos exámenes se
entiendan incluidas dentro de los 100 € de tramitación de los
expedientes de nacionalidad.
Asimismo exigimos que las personas extranjeras puedan realizar las
pruebas en todas las provincias de España y que se oferten
convocatorias con una frecuencia no superior a 2 meses.
Pero,
además, para CCOO
es imprescindible que el Gobierno regulare de manera clara cuál va a
ser la función de los Registros Civiles en la tramitación de los
expedientes de nacionalidad, pues el Ministerio de Justicia
simplemente ha avanzado que, conforme una de las Disposiciones del
Real Decreto que tiene que aprobar, los Registros Civiles seguirán
siendo competentes para recoger los expedientes de nacionalidad hasta
junio de 2017, como si de cualquier otro registro administrativo se
tratara.
CCOO
exige que los Registros Civiles no sólo sean punto de presentación
de las solicitudes de nacionalidad,
sino que se les permita completar los metadatos de las mismas para su
tramitación electrónica, que se les permita el acceso a la
plataforma electrónica mediante la cual debe realizarse su
tramitación, que tengan capacidad de certificación de la veracidad
de los documentos tras su escaneo, que se les permita matricular a
las y los ciudadanos extranjeros que así lo soliciten para la
realización de los dos exámenes, y que cualquier acto de
instrucción del expediente que no vaya a ser realizado directamente
por la Dirección General de Registros y del Notariado se realice por
los Registros Civiles, y no por vía encomienda por los Registradores
de la Propiedad u otros.
A
tal efecto CCOO
va a presentar una carta al Ministro de Justicia y al Director
General de Registros y del Notariado
para que a la mayor brevedad posible se apruebe y publique el
desarrollo reglamentario de la Disposición Final Séptima de la Ley
19/2015; y para que dicho Real Decreto y las Instrucciones
complementarias que se dicten al efecto incluyan las propuestas que
ahora se realizan, a fin de que la adquisición de la ciudadanía
española por aquellas personas que cumplen los requisitos legalmente
establecidos pueda realizarse de forma accesible, sencilla y barata,
y que el personal de los Registros Civiles, que al fin y al cabo son
los que han estado tramitando estos expedientes desde siempre, puedan
colaborar en su tramitación dotándoles con las herramientas
precisas para ello.
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