Con motivo de la expedición masiva y obligatoria de
certificado digital para el uso del programa Jara:
CCOO ha dirigido escrito* al
Consejero en el que le informa que para el uso del programa Jara (implantado
por ahora en Sevilla y en Málaga, y paulatinamente en el resto de Andalucía) se
esta obligando a los funcionarios y funcionarias del cuerpo de Auxilio a usar
el certificado digital propio y personal (bien el que ya tenían o uno que se
les solicita).
CCOO le recuerda al Consejero que el certificado
digital es único y sirve además para numerosos actos propios del titular ante
otras administraciones, por lo que es razonable la pretensión de muchos
funcionarios de no mezclarlo con tareas laborales.
Además las propias normas de funcionamiento del
sistema Jara contemplan la posibilidad de usar un nombre de usuario y una
contraseña.
En base a ello CCOO le solicita al Consejero de
las instrucciones precisas para facilitar a todo aquel trabajador o trabajadora
que lo solicite voluntariamente, un número de usuario y una contraseña evitando
así utilizar su certificado digital personal.
¿Sabías que?
Las normas actualmente en vigor, Ley 18/2011, de 5 de
julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la
comunicación en la Administración de Justicia en sus artículos 8 y 14 en relación con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma
electrónica, son las que recogen, la
obligatoriedad de todo el personal al servicio de la administración de justicia
de utilizar los programas informáticos y las formas de identificación y
autentificación de sus actos (Los sistemas de firma electrónica incorporados al Documento
Nacional de Identidad, para personas físicas. Sistemas de firma
electrónica avanzada, incluyendo los basados en certificado electrónico
reconocido, admitidos por las Administraciones públicas. Otros sistemas de firma electrónica, como la utilización
de claves concertadas en un registro previo como usuario)
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