PUBLICADA POR LA MUGEJU LA
CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL PLAN SOCIOSANITARIO PARA EL AÑO 2013
CCOO VUELVE A DENUNCIAR EL BRUTAL RECORTE ACORDADO POR EL GOBIERNO
DE RAJOY, SUPERIOR AL 90 % DEL PRESUPUESTO
|
§
La Resolución regula los
Programa de atención a personas mayores, a personas con discapacidad y a personas drogodependientes para el año 2013.
§
Se
endurecen los requisitos para tener acceso a cualquiera de estas ayudas, cuya
cuantía se reducen sensiblemente, debido a los extremos recortes
presupuestarios impuestos por el Gobierno de Rajoy.
§
Las ayudas
cubren los gastos efectuados desde el 1.3.2013, por lo que quedan sin cubrir
los gastos efectuados entre el 1.1.2013 y el 28.02.2013 por estos conceptos.
Aparece
publicado en el BOE de 25 de marzo la Resolución de 8 de marzo de 2013, de la
Mutualidad General Judicial, por la que se convoca la concesión de ayudas del
Programa del Plan de Atención Socio-Sanitaria. Estos programas habían quedado
derogadas por resolución de la Gerencia de la Mugeju de 21 de diciembre de
2012, y ahora se procede a la convocatoria de las mismas ayudas para el año
2013 con muy importantes modificaciones tanto en los requisitos para tener
acceso a las mimas como en su cuantía. Ello es debido al brutal ajuste
presupuestario impuesto por el Gobierno de Rajoy, habiendo pasado de un gasto
por esta ayuda en el año 2011 de 1.800.000 €
a sólo disponer de 120.000 € para este año, lo que lleva a la
Mutualidad General Judicial, en palabras de un representante del Ministerio de
Justicia en la Asamblea celebrada el 26 de febrero de 2013, a “gestionar la
miseria de su presupuesto”.
Ello es prueba, una vez más, de la escasa
sensibilidad que tiene este Gobierno con las personas más desfavorecidas y que
mayor protección y ayuda precisan,
pues gran cantidad de personas que
precisaban de estas ayudas para cubrir parte de los gastos que tenían
para ayuda a domicilio, apoyo
domiciliario, estancia o servicios en residencia o en centros de día o de
noche, servicio de teleasistencia, contratación de asistencia personal,
cuidados en el entorno familiar o análogos, no van a poder pagarlos al carecer
de
ayuda alguna para ello: la Mutualidad calcula que las ayudas de atención a
personas mayores sólo podrán llegar a unas 50 personas.
La Resolución sólo es aplicable a los
gastos y situaciones producidos a partir del uno de marzo de dos mil trece, en contra de lo que solicitó CCOO en una enmienda a su borrador
en que solicitamos que fuesen aplicables a todos los gastos producidos a partir
del 1.1.2013. La Gerencia de la Mugeju justifica
que no se cubran los gastos anteriores al 1 de marzo porque de otra forma no
habría crédito presupuestario suficiente para pagar las ayudas, pero aun así CCOO considera que es completamente injusto que las personas que
tienen derecho a estas ayudas, sobre todo las personas mayores cuyos requisitos
para tener derecho a las mismas (más de 75 años y más del 75 % de minusvalía)
ponen de manifiesto la gravedad de su situación, queden desprotegidas durante
dos meses por el retraso en la publicación de esta Resolución, que debería
haberse dictado al mismo tiempo que se derogaba la normativa anterior.
Para el reconocimiento de las ayudas es preciso que la persona interesada
formule la correspondiente solicitud, cumplimentando el impreso normalizado,
que le será facilitado por las delegaciones Provinciales o los Servicios Centrales,
o que se podrá descargar telemáticamente desde la página web de Mugeju www.mugeju.es, acompañando la documentación
que se determina en la resolución. Las solicitudes pueden presentarse hasta
el 1 de diciembre de 2013.
En resumen, los programas
sociosantarios quedan regulados para el año 2013 de la siguiente forma:
1. Programa de atención a personas mayores.:
Requisitos :
Para ser destinatario de las ayudas económicas de este programa es necesario:
a) Que la persona destinataria tenga una edad igual o superior
a 75 años.
b) Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 75%.
c) Tener un nivel de ingresos netos mensuales por persona de la
unidad familiar igual o menor a 793 euros.
Cuantía de la ayuda: La ayuda
económica será de 200 euros/mes
2. Programa de atención a personas con discapacidad
2.1. Ayudas para el mantenimiento y potenciación de la capacidad
residual
Requisitos
a) Estar afectado por un grado de discapacidad, igual o
superior al 33%.
b) Informe del facultativo especialista, responsable de la
asistencia al beneficiario de la ayuda que indique la necesidad de continuar
con el tratamiento, presupuesto del centro y facturas originales.
c) Que las técnicas empleadas o las actividades desarrolladas para
prestar dichos servicios no se encuentren incluidas en el concierto suscrito
por MUGEJU con las Entidades Médicas.
Cuantía: En función del nivel de
ingresos por persona de la unidad familiar, desde 400 € al mes para
personas con ingresos mensuales inferiores a 242 €, hasta 220 € al mes para
personas con ingresos mensuales no superiores a 1022 €
2.2 Ayudas para la
autonomía personal (eliminación de barreras arquitectónicas, otras obras,
medios o ayudas técnicas con el mismo objetivo)
Requisitos:
a) Estar afectado por un grado de discapacidad, igual o
superior al 33%.
b) Acreditar la necesidad de las obras o la procedencia de
los medios o ayudas técnicas, mediante informe detallado del facultativo
especialista responsable de la asistencia del causante de la prestación.
c) En los supuestos de medios o ayudas técnicas,
que estas no estén comprendidas en las prestaciones complementarias de la
asistencia sanitaria de la Mutualidad General Judicial.
d) Estas ayudas tendrán un periodo
de carencia de cuatro años.
Cuantía:
Para la eliminación de
barreras arquitectónicas y obras, entre 400 € y 1500 €, en función del nivel
de renta y grado de discapacidad, con renta mensual máxima por persona de
la unidad familiar de 1022 €.
Para las ayudas para medios técnicos,
entre 80 € y 600 €, en función del nivel de renta y del grado de
discapacidad, con una renta mensual
máxima por persona de la unidad familiar de 1022 €.
3.
Ayudas para atención a personas drogodependientes
Requisito: Precisar de un tratamiento integral
de drogodependencia dirigido a la rehabilitación y a la reinserción
socio-laboral, convenientemente prescrito por especialista, y acreditar gasto
efectuado.
Cuantía: 50% del gasto acreditado mensualmente,
con un máximo de ciento cincuenta euros, con un porcentaje de deducción de
la ayuda del 10 % en caso de renta mensual por persona de la unidad familiar
superior a 800 € y del 20 % en caso de renta mensual por persona de la unidad
familiar superior a 1600 €.
Madrid,
a 30 de marzo de 2013
No hay comentarios:
Publicar un comentario