Oposiciones: alegaciones de CCOO a las bases comunes, promoción interna de Gestión y Tramitación y Letrados (Turno Libre y Promoción Interna)
Alegaciones
de CCOO a
las bases comunes,
promoción interna de Gestión y Tramitación y Letrados (turnos
libre y de promoción interna), de la convocatoria de los próximos
procesos selectivos. El resto, las bases del turno libre de cuerpos
generales y médicos forenses, aún no han sido remitidas por el
Ministerio de Justicia
CCOO RECLAMA
AL MINISTERIO DE JUSTICIA MÁS TRANSPARENCIA Y GARANTÍAS PARA LOS Y
LAS ASPIRANTES, UNA APUESTA EN FAVOR DEL DERECHO A LA PROMOCIÓN
INTERNA Y EL CUMPLIMIENTO ESCRUPULOSO DEL ACUERDO ALCANZADO EN LA
MESA SECTORIAL DE JUSTICIA SOBRE EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS Y DEL
CONCURSO- OPOSICIÓN
CCOO hemos
vuelto además a reclamar la reforma de la LOPJ para recuperar el 50%
de las plazas convocadas para la promoción interna
en todos los
cuerpos,
para
que la titulación exigida en este turno se pueda suplir por
experiencia acreditada y para que sean cubiertas todas las plazas de
la OEP de todos los cuerpos y de todos los territorios
El
Ministerio de Justicia nos remitió durante el mes de diciembre
pasado las bases comunes de los procesos selectivos correspondientes
a las OEP acumuladas de 2017 y 2018, las bases de las pruebas
selectivas del Cuerpo de Letrados (turno libre y promoción interna)
y las bases de las
pruebas de promoción interna de Gestión y Tramitación, a las
que CCOO hemos
formulado las
correspondientes alegaciones en el plazo establecido por el
Ministerio.
Con
carácter previo, CCOO hemos
vuelto a exigir la modificación de la LOPJ para que se convoquen el
50 % de las plazas para la promoción interna en todos los cuerpos, y
para que de una vez por todas se acometa esta reforma, que por
responsabilidad del Ministerio de Justicia no se ha llevado a cabo en
la reforma de la LOPJ recientemente aprobada el pasado 20 de
diciembre de 2018 en las Cortes Generales, a pesar de que se
propusieron enmiendas en ese sentido por CCOO,
asumidas por varios grupos (Unidos Podemos, Ciudadanos, Compromís,
...) pero con la posición contraria tanto del grupo popular como del
grupo socialista, tanto en el Congreso de los Diputados como en el
Senado. CCOO queremos
denunciar nuevamente tanto
a los anteriores responsables del Ministerio, con titularidad del PP,
como al actual, regido por el PSOE, que siguen actuando en contra del
derecho del personal de la Administración
de Justicia a la Promoción Interna, derecho que viene recogido y
amparado tanto en el Estatuto Básico del Empleado Público como en
la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Por
otro lado y como cuestión muy importante, hemos solicitado que las
convocatorias de promoción interna (Tramitación Procesal y
Administrativa, Gestión Procesal y Administrativa y Letrados de la
Administración de Justicia) se retrasen de tal forma que los
aspirantes de la OEP de 2015, y que tomaron posesión a principios
del año 2017, estén en condiciones de participar en la presente
convocatoria acreditando los 2 años de servicios exigidos para la
promoción.
En
la fase de concurso, hemos exigido que conste expresamente (también
en la promoción interna) la valoración como mérito de las
Diplomaturas (que en la anterior OEP no se valoró al no constar
expresamente en la convocatoria) y el resto de titulaciones con
independencia de que sean anteriores o posteriores al Plan Bolonia.
Asimismo,
hemos solicitado que igual que ocurre, y está regulado, para la
promoción interna desde
el Grupo D al grupo C en la Administración General del Estado, la
titulación requerida para la promoción interna pueda en la
Administración de Justicia ser suplida por una antigüedad de diez
años en el cuerpo de origen o de cinco años y la superación de un
curso específico de formación, lo que también exige una reforma de
la LOPJ que CCOO sigue
reivindicando.
Debe
también modificarse la LOPJ para que las plazas que no se cubran por
promoción interna incrementen las de turno libre en todos los
cuerpos y para que las no cubiertas por el turno de discapacidad
incrementen las del turno general.
También
hemos exigido de nuevo que se dé cumplimiento a la regulación
actual de la promoción
interna al Cuerpo de Letrados, ya que el número de plazas
convocadas está mal calculado: en la redacción de la LOPJ se
establece que se tiene que calcular el 30% del total de las plazas de
la OEP y no del 30% de las plazas de acceso libre. Por tanto las
plazas de promoción interna tendrían que ser 53 plazas, en lugar de
las 41 que se pretenden convocar, de las cuales 4 serían para el
cupo de reserva de discapacidad. Las plazas del turno libre serían
123 en lugar de 135.
A
continuación, recogemos las alegaciones de CCOO
a las bases comunes, a las de promoción interna de Gestión y
Tramitación, y a las de Letrados por ambos turnos de promoción y
libre, que, junto a las expresadas más arriba en esta nota,
constituyen el grueso de las que hemos presentado al Ministerio:
ALEGACIONES
DE CCOO
I.
Sobre la convocatoria y desarrollo del proceso
-
Indicación expresa, en el ámbito no transferido, del número de
plazas que se ofrecerán en cada comunidad autónoma.
-
Ampliación de 4 a 6 meses el comienzo de los ejercicios desde la
convocatoria y que los del turno libre no comiencen antes de
septiembre de 2019.
-
Establecimiento de sedes de examen en todas las localidades en que
existan sedes del TSJ (incluidas las desplazadas) y en Ceuta y
Melilla.
-
Garantía de repetición de exámenes y cursos a quienes lo
justifiquen por motivo de parto o embarazo, enfermedad grave,
hospitalización, intervención quirúrgica, muerte de familiar de
primer grado y otra causa de fuerza mayor, y establecimiento de un
examen de incidencias en el plazo de quince días.
-
Obligación del Ministerio y CCAA transferidas de ofrecer a quien
supere las pruebas selectivas todas las plazas desiertas de su
ámbito, sin excepción.
-
Publicación de listas adicionales de personal aprobado y con plaza
en el proceso selectivo, en los casos de que quienes hayan superado
las pruebas de acceso soliciten la excedencia.
-
Garantía para la cobertura de todas las plazas en todos los ámbitos
territoriales si existen aspirantes del turno general o de personas
discapacitadas en otros territorios que hayan superado las notas de
corte y no hayan obtenido plaza.
-
El Ministerio de Justicia deberá dar instrucciones a los Tribunales
Calificadores para que los exámenes se hagan ajustados al temario
aprobado y no se queden plazas sin cubrir.
-
El Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas competentes
deberán ofertar el 100% de las plazas desiertas en sus respectivos
ámbitos. No es tolerable que las Administraciones ofrezcan solo las
plazas desiertas que decidan unilateralmente, como ha sucedido en
2016.
-El
Ministerio de Justicia deberá aplicar escrupulosamente en todos los
procesos selectivos 2017 a 2019 los contenidos los acuerdos suscritos
el 4 de diciembre de 2018.
-
Establecer solo la calificación de apto o no apto en el curso
selectivo de letrados y eximir de su realización a quienes acrediten
seis meses como sustituto/a en dicho cuerpo.
-Serán
sedes de examen las otras localidades en las que estén radicados los
Tribunales Superiores de Justicia o sus sedes desplazadas y también,
en el caso de que haya más de cien solicitudes para un determinado
cuerpo, Ceuta y Melilla
II.
Sobre los tribunales
-
Comunicación del Tribunal, con la suficiente antelación, de las
adaptaciones o no, solicitadas por aspirantes con discapacidad.
-
Exigencia ética máxima a los/as miembros del tribunal (control del
cumplimiento de sus obligaciones e incompatibilidades, sesiones fuera
de su jornada laboral ordinaria, etc.) y transparencia de sus
sesiones mediante actas, motivación de las decisiones y constancia
de los votos particulares.
-
Establecimiento de plazos de cumplimiento obligado para la remisión
de las correcciones por parte de los tribunales delegados.
-
Obligación de entregar copia a la persona aspirante del ejercicio
realizado, en todos los ejercicios sin excepción.
-
Designación de tribunales diferentes en cada cuerpo para las pruebas
de acceso libre y las de promoción interna.
III,
Sobre los derechos de los/as aspirantes en la promoción interna
-
Abono de los desplazamientos y dietas para acudir a las pruebas de
promoción interna en otra localidad.
-
Publicación de las convocatorias en la Promoción Interna en una
fecha que permita la participación de quienes superaron las pruebas
de acceso de la OEP 2015 y tomaron posesión en 2017.
-
Exención de las tasas en la promoción interna.
-
Consideración expresa de los periodos de interinidad o sustitución
a efectos del cómputo de dos años para poder acceder a las pruebas
de promoción interna de todos los cuerpos, también para acceso al
cuerpo de Letrados, y que para el personal titular estos dos años
cuenten desde la fecha de la orden de nombramiento.
IV.
En la fase de oposición
-
Indicación expresa de las disposiciones y artículos de éstas a los
que deben sujetarse cada uno de los temas y apartados del temario. En
caso de impugnación de alguna pregunta, el tribunal resolverá
obligatoriamente indicando el artículo de aplicación.
-
Las preguntas acertadas se valorarán con 1 punto y por cada una de
las incorrectas se descontarán 0,25 puntos.
-
Eliminación de los temas de jurisdicción voluntaria en tramitación
y gestión y de derecho concursal en gestión.
-
Eliminación de los temas referidos al Registro Civil o reducción a
un único tema general sobre organización del mismo.
-
La puntuación máxima total de la fase de oposición no podrá ser
superior al 60% de la puntuación máxima que se pueda obtener en
todo el proceso selectivo.
-Reserva
de la nota de los ejercicios con nota superior al 60 % de la nota
máxima para la próxima convocatoria, en turno libre, o superior al
50 % de la nota máxima en el caso de promoción interna o
discapacitados, también en Letrados.
-En
turno libre, la nota mínima para superar los ejercicios de Letrados
será del 60 % de la nota máxima posible. En promoción interna y
turno de reserva de discapacitados, del 50 % en todos los cuerpos.
-Eliminación
de los exámenes orales en el acceso al cuerpo de Letrados,
especialmente en la promoción interna. Y su sustitución por un
examen escrito que en promoción interna consistirá en la
contestación a 10 preguntas referidas a un caso práctico de uno de
los temas de la segunda parte del temario, sorteado ante los
opositores/as.
V.
En la fase de concurso
-
Valoración de todos los ejercicios aprobados de cualquier cuerpo en
las dos últimas convocatorias.
-
Eliminación del límite temporal de los cinco últimos años y del
límite mínimo de 10 horas de duración en los cursos de formación.
-
Homologación de los cursos impartidos por las universidades
públicas, ministerios, consejerías de CCAA y Servicios Públicos de
Empleo.
-
Valoración de la experiencia previa con un máximo del 45% del total
de los méritos valorables.
-Autobaremación
de los méritos conforme a la valoración previamente establecida por
el Ministerio de Justicia.
-
Constancia expresa de que las notas de corte serán del 50% de la
puntuación máxima posible.
-
Valoración de todas las titulaciones universitarias, también las
diplomaturas, incluidas las anteriores al plan Bolonia y las de
posgrado, y en todos los cuerpos de las titulaciones de nivel
elemental, medio y avanzado de idiomas.
-
Valoración en la promoción interna de cuerpos generales de la
experiencia como formador o docente en centros oficiales y en
materias jurídicas.
-
La puntuación máxima total de la fase de concurso no podrá ser
superior al 40% de la puntuación máxima que se pueda obtener en
todo el proceso selectivo.
-
En los servicios prestados en promoción de Gestión y Tramitación,
la puntuación debe corregirse, de forma que se establezca una escala
proporcional que establezca valoración superior al cuerpo superior y
menor al inferior.
-En
la fase de concurso, para la valoración del tiempo trabajado, se
tomará, como fecha de cómputo, la fecha de nombramiento.
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