CCOO denuncia el reparto arbitrario de gratificaciones con dinero público al personal de la Mutualidad General Judicial
CCOO
denuncia
el reparto arbitrario de gratificaciones con dinero público al
personal de la Mutualidad General Judicial
La Gerente de la Mugeju premia a una minoría del personal,
discriminando a la inmensa mayoría, sin justificar los motivos por
los que margina al 70% de las y los trabajadores y utilizando
criterios que no son los recogidos en la ley para el pago de
gratificaciones
Madrid, 14 de enero de 2019
El pasado mes de diciembre, la Gerente de
Mugeju (nombrada recientemente por la actual ministra de Justicia),
dictó una resolución por la que aprobaba la entrega de una
gratificación a 36 personas destinadas en la Mutualidad General
Judicial (de un total de 120 trabajadores/as allí destinados entre
servicios centrales y delegaciones territoriales de toda España) de
736 euros. En total, la cantidad asciende a 26.496 euros. Y lo hizo
sin dar explicación alguna a la comisión permanente del organismo y
a la Asamblea general que son los órganos de representación de los
y las mutualistas.
Por un lado otorga una gratificación al
30 % de la plantilla y no lo hace al 70 %.
Y por otro lado, la otorga con argumentos
como: “destacar a aquellos
quienes han desplegado una actividad que, medida en términos de
actitud, voluntad, talante, merecen una mención y un reconocimiento
especiales por parte de este organismo” . Y
continúa la Gerente: “la
gratificación otorgada (…) se concibe por esta Gerencia como un
medio de distinguir a aquellos (..) que se han ganado la especial
consideración del colectivo por su contribución para crear en torno
a sí un entorno grato, confortable, …”
Con estos argumentos, se
está menospreciando la dedicación y entrega con que desde hace años
prestan sus servicios en la Mutualidad el 70 % de las y los
trabajadores restantes. La Gerente ha elegido, además, la peor forma
de hacer un ejercicio de transparencia, pues al mismo tiempo lo ha
hecho de arbitrariedad al distribuir a su antojo, sin justificación
suficiente alguna, la cantidad presupuestada como gratificaciones
entre unas pocas personas elegidas arbitrariamente.
Frente a los criterios “inventados”
por la Gerente, la Ley Orgánica del Poder Judicial (que regula los
conceptos retributivos del personal funcionario de Justicia)
establece como justificación de las gratificaciones la retribución
de los “servicios de carácter extraordinario prestados fuera de la
jornada normal de trabajo”; Por su parte, la Ley de Reforma de la
Función Pública, que afecta a todo el personal de los servicios
públicos, establece como justificación de las gratificaciones la de
“servicios extraordinarios, fuera de la jornada normal.” En
ningún caso pueden valorarse otros aspectos subjetivos como la
“actitud, voluntad y talante” o “crear en torno a sí un
entorno grato y confortable” como argumenta esta responsable
pública.
CCOO denuncia que La
Mutualidad General Judicial no es ni una empresa privada ni un
cortijo particular. Es una Administración, financiada con dinero
público; sus trabajadores/as son empleados/as públicos, que deben
acceder al cargo conforme los principios de igualdad, mérito y
capacidad. Sus retribuciones están determinadas legalmente y dotadas
presupuestariamente. La Gerente no puede ni debe crear agravios
comparativos en su personal, como ha hecho con la citada Resolución,
retribuyendo con criterios arbitrarios, como si fuese su propio
dinero, a unos funcionarios y funcionarias por encima de otros.
CCOO ha exigido a la Gerente de Mugeju que, en tanto en cuanto
exista una partida presupuestaria destinada a gratificaciones, su
dotación se reparta de forma idéntica entre todo el personal de la
Mutualidad General Judicial, salvo en los casos en que se realicen
servicios extraordinarios fuera la jornada laboral que sí merecen
una especial retribución. Sin perjuicio que para CCOO, y así lo
exigimos a la ministra de Justicia a la que nos hemos dirigido, con
la dotación de dicha partida debe incrementarse por igual el
complemento específico de todo el personal de la Mutualidad General
Judicial, habida cuenta del uso arbitrario que se ha venido haciendo
de esta partida presupuestaria.
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