Actualización inmediata de
las retribuciones al personal en caso de IT
A
PARTIR DEL 28 DE ENERO ENTRA EN VIGOR LA REFORMA DEL ART. 504 DE LA
LOPJ, APROBADA A PROPUESTA DE CCOO,
PARA QUE LOS TRIENIOS Y DEMÁS INCREMENTOS RETRIBUTIVOS SE HAGAN
EFECTIVOS DURANTE LA BAJA O LICENCIA POR ENFERMEDAD SIN TENER QUE
ESPERAR A LA REINCORPORACIÓN
CCOO,
único sindicato que propuso esta medida a los grupos políticos,
hemos presentado escritos al Ministerio de Justicia y a las
Comunidades Autónomas con competencias transferidas para que esta
actualización retributiva sea efectiva desde la nómina de este
mismo mes de Enero.
Esta iniciativa de CCOO, aprobada
por las Cortes y publicada ya en el BOE, modifica sustancialmente la
situación que existe hasta la fecha en la que el personal que se
encuentra de baja o licencia por enfermedad no percibe hasta su
reincorporación, y sin efectos retroactivos, los incrementos
retributivos de carácter individual (el cumplimiento de nuevos
trienios) ni los de carácter general como el incremento retributivo
anual del sector público (2,25% en este mes de enero de 2019, más
0,25 % en julio si el PIB crece el 2,5
%) o las subidas de los complementos específicos acordadas para 2019
con diferentes comunidades autónomas con competencias en materia de
justicia como Andalucía, Aragón, Asturias, Galicia, Madrid y
Navarra.
Se pone fin así, gracias a CCOO,
a esta injusta situación en la que, además, el importante número
de compañeros y compañeras que pasaban directamente desde la
situación de IT a la de jubilación por edad o por incapacidad nunca
llegaban a percibir estos incrementos retributivos ya que no se
reincorporaban a su puesto de trabajo. Pero si se incorporaban de la
baja, tampoco percibían los incrementos
con carácter retroactivo, lo que ha constituido una agresión
laboral sin precedentes y que CCOO
ha combatido desde su origen con todos los medios posibles
hasta lograr esta modificación legal de la máxima importancia.
La entrada en vigor de la reforma de la LOPJ que contiene esta
propuesta de CCOO se producirá
veinte días después de su publicación en el BOE, es decir, el 28
de Enero próximo y es por eso que hemos remitido escrito al
Ministerio de Justicia y a las Consejerías con competencias en el
que indicamos que “el pasado día 29 de diciembre de 2018 se ha
publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley Orgánica 4/2018
de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial. Dicha modificación supone entre otros la modificación del
artículo 504, apartado 5, en uno de cuyos párrafos se recoge:
“Durante el tiempo de duración de la licencia por enfermedad se
aplicará al personal funcionario cualquier incremento retributivo,
incluido el abono del perfeccionamiento de los trienios, que le
pudiera corresponder si no se encontrase en esa situación de
incapacidad temporal.”
Esta nueva regulación entrará en vigor el próximo día 28 de Enero
y, por tanto, debe ser aplicada en la nómina de este mismo mes para
el personal que se encuentre de baja o licencia por enfermedad.
Por todo ello, y a tenor de la nueva redacción de dicho precepto,
desde CCOO solicitamos que
de forma inmediata se proceda a actualizar y a abonar todos los
incrementos retributivos, incluidos los nuevos trienios, a todos los
compañeros y compañeras en situación de incapacidad temporal.”
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