martes, 29 de noviembre de 2016

IMPORTANTE: Presentación de demanda de extensión de efectos de los períodos del personal interino no cotizados a la Seguridad Social anteriores a agosto de 1990









IMPORTANTE: Presentación de demanda de extensión de efectos de los períodos del personal interino no cotizados a la Seguridad Social anteriores a agosto de 1990

MPORTANTE: Sobre la extensión de efectos de los períodos del personal interino no cotizados a la Seguridad Social anteriores a agosto de 1990

Por seguridad para los trabajadores/as, la demanda de extensión de efectos de la sentencia debe presentarse antes de finales del mes de diciembre


Estimados compañeros y compañeras:

El pasado 11 de octubre de 2016 os remitimos la siguiente información, que reproducimos, en la que os trasladábamos la necesidad de dirigirnos a todo el personal interino que ha estado en activo en la Administración de Justicia en períodos anteriores a agosto de 1990, para informarle de que puede presentar reclamación para lograr que dichos períodos le sean computados a todos los efectos como de alta en la Seguridad Social, especialmente para los períodos de cotización que van a ser tenidos en cuenta para la jubilación.

La reclamación, como hemos informado insistentemente, se presenta mediante demanda de extensión de efectos de una sentencia, que se puede extender a todos los ámbitos. 

Dado que la fecha tope en la que se puede presentar la extensión de efectos se acerca, es preciso recordar a todos los compañeros/as que se encuentren en esa situación, que se dirijan a los delegados y delegadas de CCOO para poder presentar la reclamación.

Como hemos informado, si aún no nos lo habéis solicitado, está a disposición de toda la organización de CCOO el documento para la presentación de la extensión de efectos  

Un saludo

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