POSESIÓN Y CESES EN EL
CONCURSO DE TRASLADOS
Con fecha
19 de noviembre se publicará la Orden por la que se resuelve definitivamente el
concurso de traslado para plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos de
Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial anunciado por Orden JUS/752/2013 de 15
de abril.
Como
sabéis, nuestra Consejería, en concursos anteriores y haciendo caso omiso al
BOE, ha dictado instrucciones internas que contradecían a éste. Sin embargo, en
atención a diversas sentencias del TSJA, deberán atenerse a las siguientes
normas:
- En
primer lugar, el interino que ocupe plaza adjudicada
en el concurso permanecerá hasta la efectiva posesión del titular (a pesar
de que en las instrucciones envíadas anteriormente figuraba como fecha de cese
el día 26 y 3 respectivamente)
- A los adjudicatarios del concurso que estuviesen desempeñando plazas en comisión de servicio en nuestro ámbito, se tomará como referencia para el plazo posesorio el destino de la plaza que tiene como titular originariamente (hasta ahora, se tenía en cuenta el destino efectivo que esta desempeñando). Como sabéis, la toma de posesión se producirá en los 3 días naturales siguientes al cese (26 de noviembre Tramitación y 3 de diciembre Gestión y Auxilio), si no hay cambio de localidad, 8 días si emplica cambio de localidad dentro de la C.A., y 20 días si implica cambio de C.A. excepto Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla que será 1 mes.
- Si la
Orden comporta reingreso al servicio activo procedente de excedencias o
suspensión de funciones, el plazo posesorio será de 20 días naturales desde
el día de la publicación en el BOE. En el caso de que estuvieran adscritos
provisionalmente o en activo en otro Cuerpo de la Admón. de Justicia se les
tendrá por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a
la de su posesión en la nueva plaza de reingreso, pudiendo solicitar permiso
retribuido de 2 días naturales si hay cambio de localidad (3 días caso de ir a
Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla) debiendo disfrutarse dentro del
plazo posesorio.
- Aquellas personas que estén desempeñando plaza en comisión de servicio y que hayan obtenido plaza en el concurso, deben tomar posesión en la plaza adjudicada, cesando en la comisión de servicio. En el caso de aquellos funcionarios y funcionarias a los
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