viernes, 6 de septiembre de 2019

BOE de 6 de septiembre de 2019: Se resuelve el concurso de traslado de Letrados



BOE de 6 de septiembre de 2019: Se resuelve el concurso de traslado de Letrados

BOE DE 6 DE SEPTIEMBRE DE 2019: SE RESUELVE EL CONCURSO DE TRASLADO DE LETRADOS

MINISTERIO DE JUSTICIA

Destinos
  Plazo de cese y toma de posesión: 

Los Letrados de la Administración de Justicia nombrados deberán cesar en sus actuales destinos dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», excepto aquellos que hayan obtenido destino en las plazas que entran en funcionamiento el 30 de septiembre de 2019, en cuyo caso deberán cesar: 

– El día 18 de septiembre los Letrados que prestan servicio en órganos judiciales de la misma Comunidad Autónoma en que se encuentra la plaza adjudicada. 

– El día 25 de septiembre los Letrados que prestan servicio en órganos judiciales de la misma localidad.  

  El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese y será de tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia, de ocho días hábiles si implica cambio de localidad dentro de la misma Comunidad Autónoma, o de veinte días hábiles si es consecuencia de reingreso al servicio activo o comporta cambio de Comunidad Autónoma, con excepción de Canarias, Illes Balears, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el plazo será de un mes. 

Los letrados que hayan obtenido destino en órganos de nueva creación tomarán posesión el 30 de septiembre de 2019.  


Otras publicaciones del BOE de hoy:

MINISTERIO DE JUSTICIA

Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Juzgados de Primera Instancia
  • Acuerdo de 9 de agosto de 2019, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye al Juzgado de Primera Instancia n.º 10 de Almería, de nueva creación, el conocimiento exclusivo de los asuntos relacionados con el derecho de familia y al Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Almería, especializado en el conocimiento exclusivo de los asuntos relacionados con el derecho de familia, el conocimiento exclusivo de los procesos de determinación de la capacidad de las personas y tutelas.
  • Acuerdo de 9 de agosto de 2019, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye al Juzgado de Primera Instancia n.º 16 de Granada, con carácter exclusivo y excluyente, el conocimiento de los asuntos relativos a la capacidad de las personas, tutelas e internamientos; dejando sin efecto su competencia en asuntos de derecho de familia y de protección de menores.
  • Acuerdo de 9 de agosto de 2019, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye al Juzgado de Primera Instancia n.º 19 de Granada, la especialización en el conocimiento con carácter exclusivo y excluyente de los asuntos relativos a derecho de familia, incluidos los relativos a protección de menores.
  • Acuerdo de 9 de agosto de 2019, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye al Juzgado de Primera Instancia n.º 21 de Málaga, de nueva creación, la especialización con carácter exclusivo y excluyente, en el conocimiento de asuntos relativos a derecho de familia, procedimientos relativos a la liquidación de cualquier régimen económico matrimonial, y en asuntos relativos a filiación, paternidad y maternidad, reclamación de alimentos entre parientes; en los mismos términos que los juzgados de primera instancia números 5, 6 y 16 de Málaga.
  • Acuerdo de 9 de agosto de 2019, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye al Juzgado de Primera Instancia n.º 30 de Sevilla, de nueva creación, con carácter exclusivo y excluyente, el conocimiento de asuntos relativos al derecho de familia, que comprende los procedimientos relativos a liquidación de regímenes económicos matrimoniales; y en procesos de determinación de la capacidad de las personas, tutelas y control de internamientos no voluntarios por trastorno psíquico, en los términos establecidos para los juzgados de primera instancia números 6, 7, 17, 23 y 26 del partido judicial de Sevilla.
  • Acuerdo de 9 de agosto de 2019, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye al Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Huelva, de nueva creación, con carácter exclusivo y excluyente, la especialización en materia de familia y procesos sobre modificación de la capacidad de las personas, tutelas e internamientos, en iguales términos que el Juzgado de Primera Instancia n.º 7.

Saludos

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