CCOO
denuncia ante el Defensor del Pueblo que, dos años después de la
pérdida de competencias de los Registros Civiles para recibir las
solicitudes de nacionalidad, existe una vulneración del derecho a la
igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos
públicos
Subsisten agravados los problemas para
la resolución de los expedientes de nacionalidad tramitados conforme
el procedimiento antiguo
CCOO
denuncia que el Ministerio
de Justicia está fomentando la privatización del nuevo
procedimiento, al dar preferencia a las solicitudes electrónicas
presentadas a través de Abogados y Gestorías
CCOO
ha dirigido una carta al Defensor del Pueblo en la que denuncia que,
tras
dos años desde la retirada de la competencia de los Registros
Civiles
para informar, revisar y recibir las solicitudes de adquisición de
la nacionalidad española por residencia que se tramitan conforme el
procedimiento establecido en el Real Decreto 1004/2015, sin que
ninguna otra oficina pública realice las funciones que venían
desarrollando los Registros Civiles, se
están vulnerando derechos administrativos de los ciudadanos
extranjeros para acceder a la nacionalidad española establecidos en
la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común,
y en concreto el derecho a obtener
información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o
técnicos que las disposiciones vigentes imponen a sus solicitudes; a
conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los
procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y el
de asistencia a los interesados que carecen de medios electrónicos
para presentar por sí mismos sus solicitudes. Todo ello supone, a
juicio de CCOO,
una
vulneración del derecho
a la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos
públicos.
Ante
la pérdida de competencia de los Registros Civiles para informar,
recibir y revisar las solicitudes de nacionalidad a partir del 30 de
junio de 2017 CCOO
interpuso una queja ante la Oficina del Defensor del Pueblo, por
entender que ello supondría la vulneración de numerosos derechos
administrativos de los ciudadanos extranjeros, al no existir ningún
órgano administrativo que sustituyera a los Registros Civiles como
oficinas de referencia para la tramitación de las solicitudes de
nacionalidad. Dos años después, y tras diversas actuaciones del
Ministerio de Justicia a requerimiento del Defensor del Pueblo, CCOO
denuncia ante éste que subsisten agravados los problemas en materia
de adquisición de la nacionalidad española por residencia:
1.-
Los ciudadanos extranjeros no tienen un organismo cercano, como son
los Registros Civiles, en donde informarse sobre los requisitos para
la adquisición de la nacionalidad española, documentación a
presentar y trámites a realizar. Sólo tienen la opción de
informarse a través de la página web del Ministerio de Justicia o
contratar los servicios de un profesional (abogado, gestor
administrativo) que les asesore al respecto.
2.-
Los ciudadanos extranjeros no tienen un organismo ante el que
cerciorarse de que la documentación que acompañan a su solicitud de
nacionalidad española es la correcta y adecuada, ni para que se
digitalice y tramite de forma electrónica su solicitud.
CCOO
denuncia que ante la dificultad del trámite administrativo
(conocimiento de requisitos, documentación a presentar) se
ha fomentado con esta medida que los ciudadanos extranjeros contraten
los servicios profesionales de abogados y gestores administrativos
para su presentación por vía electrónica. Dado
que muchos ciudadanos extranjeros no pueden abordar el coste de la
contratación de dichos servicios profesionales se está produciendo,
a juicio de CCOO,
vulneración del
derecho a la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus
derechos públicos.
CCOO
asimismo pone de manifiesto que el Ministerio de Justicia está
tramitando y resolviendo las solicitudes presentadas en formato
electrónico, mediante un plan de incentivos para personal del
Ministerio de Justicia para la calificación de expedientes de
nacionalidad fuera de horas de trabajo, mientras que las solicitudes
presentadas en formato papel desde el año 2016 están sin
digitalizar, metadatar y por tanto pendientes de incoar el expediente
electrónico que permita iniciar su tramitación. Como la inmensa
mayoría de solicitudes electrónicas han sido presentadas por medio
de profesionales previo pago de sus honorarios, el Ministerio de
Justicia está fomentando el uso de esta vía frente a la de los
ciudadanos extranjeros que no quieren o no pueden satisfacer sus
honorarios y optan por la vía del papel.
Respecto
a los llamados “procedimientos antiguos”, es decir, las
solicitudes presentadas antes del 15 de octubre de 2015, CCOO
denuncia que siguen siendo miles las solicitudes pendientes de
resolver, con numerosos problemas añadidos:
-
Retraso de años en la resolución de los expedientes para los que se ha requerido que aporten documentación adicional.
-
Requerimientos de documentación adicional en muchos casos redundantes.
-
Elevado número de recursos de reposición interpuestos contra las denegaciones de nacionalidad.
-
Contratación de personal ajeno al Ministerio de Justicia (personas recién licenciadas en Derecho) para la resolución de las resoluciones de dichos recursos, tras un mínimo curso de formación.
-
Única opción de acudir a la vía contenciosa para agilizar la resolución de estos expedientes.
CCOO
solicita al Defensor del Pueblo la continuación de la actuación
abierta tras nuestra queja y a que inste al Ministerio de Justicia
para que realice las actuaciones oportunas a fin de evitar la
vulneración de los derechos administrativos de los ciudadanos
extranjeros que quieran adquirir la nacionalidad española en todo lo
relativo a la información sobre los trámites, revisión de su
documentación, consulta de dudas y presentación de su solicitud; en
definitiva, de su derecho a acceder a la nacionalidad española en
igualdad de condiciones, sin discriminación alguna por lugar de
residencia, acceso a nuevas tecnologías o recursos económicos con
que pueda disponer. Para CCOO
la solución a estos problemas pasa por que los Registros Civiles
recuperen la competencia para recibir las solicitudes, como hasta el
30 de junio de 2017; por que los Registros Civiles puedan digitalizar
y metadatar las solicitudes que se presenten ante ellos; e incluso
que los Registros Civiles puedan ser los competentes para la
instrucción de las solicitudes.
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