CCOO convocará todas las movilizaciones que sean necesarias, incluida la huelga, porque hay que parar esta reforma, la más grave de los últimos años
La reforma de la LOPJ
contiene
numerosos aspectos que vulneran muchos de nuestros derechos
Es muy grave que los grupos
parlamentarios no hayan trabajado en esta reforma en defensa de
nuestros derechos, a pesar de las presiones que hemos ejercido desde
CCOO
CCOO
mantendrá la presión sobre los grupos parlamentarios y el
Ministerio de Justicia para impedir que los aspectos muy negativos
para nuestros derechos sean aprobados en la reforma de la LOPJ
CCOO
CONVOCARÁ TODAS LAS MOVILIZACIONES QUE SEAN NECESARIAS, INCLUIDA LA
HUELGA (siempre defenderemos que en unidad de acción),
PORQUE HAY QUE PARAR ESTA REFORMA, LA MÁS GRAVE DE LOS ÚLTIMOS AÑOS
Madrid a 29 de octubre de 2018
La reforma de la LOPJ, cuyo nombre (“reforma parcial de permisos
y licencias”), y contenido, tenía inicialmente como objetivo
principal la recuperación de los 9 días de asuntos particulares, ha
sido convertida por los responsables del anterior equipo del
Ministerio de Justicia (Catalá que fue quién presentó como
enmiendas estas agresiones a nuestros derechos, y lo hizo sin
convocar la mesa sectorial y engañando a las organizaciones
sindicales, y, después, se comprometió a retirarlas, compromiso que
también ha incumplido), por el PP, por el PSOE y por Unidos Podemos
(que han apoyado el texto de la ponencia, además de PNV y ERC) en
una norma que ataca de forma frontal los derechos del personal de la
Administración de Justicia, si finalmente fuera aprobada con esta
redacción.
Al votarse en bloque todos los artículos modificados, el Congreso ha
utilizado nuestros derechos como moneda de cambio y este sistema ha
servido para chantajearse entre sí los grupos políticos al exigirse
unos a otros la aprobación o la no inclusión de las enmiendas que
se referían a las condiciones de trabajo a cambio de otras
propuestas que nada tenían que ver con el objeto de la reforma.
ASPECTOS DE LA REFORMA DE LA LOPJ QUE ATENTAN GRAVEMENTE A LOS
DERECHOS DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:
-Reforma del artículo 521 de la LOPJ, que, al eliminar los
centros de destino reduciéndolos al municipio, permite la movilidad
forzosa cuando al gestor de turno del Ministerio de Justicia o de las
CCAA con competencias le interese trasladar de manera forzosa a
trabajadores/as ante una situación de acumulación de asuntos
insostenible para la plantilla ordinaria.
Que la presión de CCOO haya
logrado que esta reforma no será efectiva hasta que esté aprobado
un reglamento que regule esta nueva situación, que deberá
negociarse con las organizaciones sindicales, aunque sea un avance es
claramente insuficiente. El objetivo de CCOO
es combatir y acabar con esta reforma muy lesiva para los
trabajadores/as
-Reforma del artículo 489 sobre nombramiento de personal
interino: Se establece por primera vez un tiempo máximo para el
nombramiento de personal interino (“por el exceso o acumulación
de asuntos en los órganos judiciales por plazo máximo de
seis meses, dentro de un período de doce meses”),
lo que es un claro intento de que sea el personal ya existente
(titular o interino) el que se destine de un centro a otros centros
de trabajo con mayor carga de trabajo, aplicando el artículo
anterior (el nuevo 521)
-Reforma del artículo 347 bis, que añade un párrafo (“sin
que la dotación del juez de adscripción territorial de refuerzo
pueda conllevar además la asignación de medios materiales o
personales distintos de aquellos con los que cuente el Juzgado al que
se adscriba”) que acentúa lo explicado anteriormente: no se
dotará de medios personales a ningún Juzgados sobrecargado.
Para esto se utilizará el artículo 521 de movilidad forzosa del
personal que les venga en gana al Ministerio de Justicia o CCAA.
-Introducción de una disposición transitoria, que amplía la
competencia de un Juez a más órganos judiciales: “Se permite
la integración de dos o más Juzgados del mismo orden jurisdiccional
en una misma sección…”, lo que crea las condiciones
normativas para la creación futura de los Tribunales de Instancia
que a su vez pudieran convertirse en órganos de competencia
provincial, con los riesgos que conlleva para la movilidad forzosa
fuera de la localidad.
-Se modifica el artículo 539 en el sentido de que “la
incoación y tramitación de los expedientes disciplinarios
por faltas muy graves y algunas de las graves, corresponderá siempre
al Ministerio de Justicia”
ASPECTOS DE LA REFORMA DE LA LOPJ DE PERMISOS Y LICENCIAS QUE NO
SE HAN INTRODUCIDO POR FALTA DE VOLUNTAD DE TODOS LOS GRUPOS:
-El artículo 504 de la LOPJ en vigor, en su apartado 5
recoge, desde el ataque a nuestros derechos que supuso el RD Ley
20/2012, el recorte de los salarios en un 50 % durante los tres
primeros días de baja por IT y del 25 % desde el 4º al 20º.
Si bien, gracias al acuerdo de la Mesa General de las
Administraciones Públicas (en las que CCOO
no solo es el impulsor de estos acuerdos, sino también el sindicato
mayoritario), este derecho ha sido recuperado (BOE de 30 de julio
2018), pero para que tenga efectos sobre todo el personal de la
Administración de Justicia de todos los ámbitos, es necesario que
la LOPJ tenga la redacción anterior a 2012. Pues, mientras no sea
así, cada ámbito de CCAA con competencias transferidas, y el
Ministerio de Justicia en el suyo, deben publicar en el BOE que esta
recuperación es de aplicación directa al personal de Administración
de Justicia.
La falta de voluntad de todos los grupos parlamentarios ha impedido
que esta cuestión haya sido incluida en esta reforma, a pesar de que
afecta a una licencia y estaba, por tanto, en su objeto inicial.
-Se mantiene en la LOPJ la reserva del 30 % de las plazas de la
OEP para promoción interna.- CCOO
lleva años (desde la reforma de la LOPJ de 2015 de Gallardón, que
combatimos en solitario) reclamando el restablecimiento de la reserva
del 50 % de las plazas para la promoción interna. Y además,
hemos seguido reclamando sin parar la convocatoria de procesos
extraordinarios de promoción interna que recuperen como mínimo las
plazas que se nos han quitado en estos años, de todos los cuerpos
incluido Letrados. Esta lucha no ha acabado y no finalizará hasta
lograrlo.
CCOO presentó a todos los grupos
parlamentarios, para esta reforma de la LOPJ, las enmiendas que
recuperaban el 50 % de las plazas para promoción interna a todos los
cuerpos, incluido Letrados, pero fue ignorada por todos los grupos,
alegando algunos que no cabían en una reforma sobre permisos y
licencias, cuando de lo sucedido con la ponencia de reforma de la
LOPJ nos tendrán que explicar qué tiene que ver con los permisos y
licencias la modificación del artículo 521, entre otras, que supone
el ataque a nuestro derecho a un puesto de trabajo seguro, y abre la
puerta a la movilidad forzosa del personal de Justicia.
Este mismo motivo hace inexplicable que no se haya aprobado tampoco
la reforma de los conceptos retributivos que establece la LOPJ,
reconociéndose el derecho a la carrera profesional horizontal
retribuida recogido en el estatuto básico del empleado público y
que, acogiendo una enmienda que CCOO
formulamos a todos los grupos parlamentarios, el grupo de
Ciudadanos había presentado siendo rechazada por el resto.
Porque esta reforma es una agresión y una violación de nuestros
derechos laborales más básicos, así como la vulneración del
derecho a la negociación colectiva. Porque se pretende impedir que
los trabajadores/as seamos sujetos decisivos en nuestras condiciones
de trabajo
CCOO LLAMA A LA MOVILIZACIÓN
DE LOS Y LAS TRABAJADORAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE TODA
ESPAÑA
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