Registro Civil: el Ministerio incumple su compromiso y pretende permitir el cierre de oficinas
El
Ministerio de Justicia remite a las organizaciones sindicales el borrador de la
reforma de la Ley 20/2011, del Registro Civil
CCOO DENUNCIA
QUE EL MINISTERIO DE JUSTICIA MINTIÓ A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES SOBRE LA
DEMARCACION FUTURA DEL REGISTRO CIVIL Y NO FIRMAREMOS NINGÚN ACUERDO QUE NO
GARANTICE OFICINAS EN CADA PARTIDO JUDICIAL Y COMPETENCIAS DELEGADAS EN LOS
JUZGADOS DE PAZ
En el texto
remitido por el Ministerio se establece la desaparición de los Juzgados de Paz
como Oficinas Delegadas de Registro Civil y se posibilita la desaparición de
todas las Oficinas de Registro Civil que no sean hoy Registro Civil exclusivo
CCOO
denunciamos asimismo que el Ministerio de Justicia no ha atendido ni una sola
del resto de las reivindicaciones que presentamos en la mesa de negociación
Madrid a 23 de febrero de 2017
El Ministerio de Justicia,
tras la reunión mantenida en el día de ayer con los Consejeros de Justicia de
la Comunidades Autónomas con transferencias y la publicación de la nota
informativa de dicha
reunión en su página web, ha remitido a las organizaciones
sindicales el borrador de la reforma de la Ley 20/2011, de Registro civil, que
debería permitir llevar a cabo, al menos, todo aquello a lo que el Ministerio
de Justicia se comprometió con las organizaciones sindicales el pasado 7 de febrero,
y entre otras cosas que la demarcación territorial será la misma que la actual,
con 431 oficinas abiertas, y que se mantendrían las oficinas delegadas en los
Juzgados de Paz.
Nada más lejos de la realidad: la propuesta del Ministerio sólo
modifica el art. 22.1 de la Ley de Registro Civil para suprimir el límite de
oficinas máximas (3 por comunidad autónoma, más una en cada isla donde ya hay
registro civil)que puede crear el Ministerio de Justicia o las Comunidades
autónomas con transferencias. Pero sigue estableciendo con carácter general
que cada Comunidad autónoma sólo está obligada a tener una Oficina General de
Registro civil, y le posibilita a crear otra más por cada 500.000 habitantes
así como cuantas juzgue conveniente por razón de la distribución de la
población o características del territorio. Los Juzgados de Paz carecerán de competencia alguna en materia
registral, y sólo podrán recibir solicitudes para su remisión a la Oficina
correspondiente.
Según el
proyecto, la demarcación territorial actual, incluidas las oficinas delegadas
en los Juzgados de Paz, únicamente se mantendrán hasta la completa implantación
de las aplicaciones informáticas que permitan el
funcionamiento del Registro Civil de forma íntegramente electrónica. Desde ese
momento desaparecerán por completo las funciones registrales de los Juzgados de
Paz, y se posibilitará al Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas
con transferencias en justicia que “determine la organización y ámbito
territorial de competencia de cada oficina general del Registro Civil” que no fuera, a la fecha de entrada en
vigor de la Ley 20/2011, Registro Civil exclusivo.
En otras palabras, el proyecto del Ministerio deja a la
responsabilidad de la Administración competente (Ministerio de Justicia,
Comunidades autónomas con transferencias) la
determinación de cuántas oficinas de registro civil va a haber en cada
territorio, sin que en modo alguno esté garantizado el mantenimiento de las
actuales 431 Oficinas principales de Registro Civil. Esto además puede dar
lugar a configuración de Oficinas de Registro Civil completamente dispar en
todo el Estado (podría haber una sola oficina en una Comunidad Autónoma y 20 en
otra). No garantiza en modo alguno la proximidad del Registro Civil a los
ciudadanos, pues va a quedar a criterio de Administración la configuración
territorial de sus Registros Civiles.
Además no se reconoce derecho alguno a trabajar en Oficinas
Generales de Registros Civil a los funcionarios que hoy trabajan en Juzgados de
Primera Instancia o Primera Instancia e Instrucción con funciones de Registro
Civil y que en el futuro, tras la implantación de la nueva aplicación informática y
la determinación de la organización territorial por cada Administración
competente, desaparezca.
Todo ello supone que el
Ministerio de Justicia mintió a las organizaciones sindicales en la reunión
mantenida el pasado 7 de febrero en la que nos garantizó que defendería la
permanencia de las oficinas actuales y que ha seguido mintiendo en los
contactos mantenidos con posterioridad. CCOO no va a firmar ningún acuerdo que posibilite que
no haya Oficinas de Registro Civil en cada partido judicial y que deje sin
competencia alguna a los Juzgados de Paz, abocando a los ciudadanos que vivan
en dichos territorios a un servicio mucho peor que el que se presta en la
actualidad.
CCOO denunciamos
que, una vez más, para el Ministerio de Justicia sus intenciones reales de
llevar a cabo una verdadera negociación se reducen solo a las buenas palabras.
Prueba de ello es que no se han atendido ni una sola de las propuestas que CCOO formuló en la mesa de negociación y que
seguiremos defendiendo con toda contundencia y que, recordamos, son:
·
Que se mantendrán oficinas principales de registro civil en cada partido
judicial y oficinas delegadas en cada Juzgado de Paz.
·
Que los expedientes de nacionalidad se puedan presentar y digitalizar en
los Registros Civiles.
·
Que los expedientes de nacionalidad se instruyan en los Registros
Civiles.
·
Que la competencia para la tramitación de los expedientes previos de
matrimonio sea exclusiva del Registro Civil.
·
Que se incrementen las plantillas del personal del Registro Civil
Central y cualquier otro en el que las cargas de trabajo así lo justifiquen.
·
Que se mantengan las reglas
de competencia territorial actuales para la práctica de asientos.
·
Que se reconozca la facultad
calificadora de determinados asientos por parte del Cuerpo de Gestión.
·
Que se regulen las
sustituciones de los Encargados por el personal de Gestión.
·
Que se garantice el empleo, las retribuciones, la no movilidad
geográfica forzosa y el resto de condiciones laborales de todo el personal,
transferido o no.
·
Que se elabore un programa informático único para la gestión de los
procedimientos y expedientes,
·
Que se permita el acceso de las Administraciones a las inscripciones.
·
Que se permita la certificación de inscripciones desde cualquier oficina
del Registro Civil.
·
Que el cuerpo de Gestión asuma en los juzgados de paz las actuales funciones
de los y las Jueces de Paz.
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