martes, 16 de julio de 2013

Hoja de CCOO: reunión, celebrada el 12 de julio de la Comisión permanente de la Mugeju


Hoja de CCOO: reunión, celebrada el 12 de julio de la Comisión permanente de la Mugeju


LA GERENTE DE LA MUGEJU AFIRMA QUE HABRÁ CONCIERTO SANITARIO CON LAS ENTIDADES MEDICAS PRIVADAS PARA EL AÑO 2014


§        CCOO reclama transparencia en su negociación.
§        CCOO reclama que los mutualistas podamos hacer aportaciones y sugerencias en su redacción para garantizar la adecuada asistencia sanitaria.
§        Hacienda rechaza la propuesta de modificación del subsidio de jubilación por incluir  un límite mínimo de su cuantía.

Resumen de la Comisión Permanente de la Mutualidad General Judicial de 12 de julio de 2013.

El 12 de julio tuvo lugar la reunión trimestral de la Comisión Permanente de la Mutualidad General Judicial, en el que resumidamente se trataron los siguientes asuntos:

Concierto sanitario

La Gerente informó que se está trabajando en la redacción del nuevo Concierto Sanitario con las entidades privadas para el año 2014 y venideros, sobre la base del concierto vigente, incluyendo el mantenimiento de los conciertos de asistencia en zonas rurales.

CCOO reclamó que la redacción del nuevo Concierto Sanitario se haga de forma completamente transparente, permitiendo a los compromisarios y compromisarias de la Asamblea la aportación de ideas y sugerencias para su inclusión en el concierto, para mejor efectividad de la prestación sanitaria, tal y como aprobó la Asamblea de la Mutualidad General Judicial a propuesta de CCOO. A tal efecto, se solicitó y por la Gerente no se puso objeción, a que partiendo como base el concierto vigente, aprobado en el año 2010, los compromisarios y compromisarias podamos hacer llegar a la Gerencia de la Mutualidad cuantas propuestas, cambios y sugerencias queramos hacer sobre la
redacción del Concierto Sanitario actual, para que puedan ser tenidas en cuenta por los técnicos  de la Mutualidad en la redacción del Concierto sanitario para el año 2014 y siguientes.

Desde aquí hacemos un llamamiento a todos los mutualistas que quieran hacer aportaciones o sugerencias sobre el concierto sanitario con las entidades privadas a que nos las remitan por correo electrónico a la mayor brevedad posible a la siguiente dirección ccooenmugeju@gmail.com, para su estudio y posterior remisión a la Mutualidad.

También CCOO solicitó que, aun respetando la negociación entre las entidades médicas y la Mugeju, que se tenga puntualmente informado a los compromisarios y compromisarias en la Asamblea de la Mugeju, como representantes de los mutualistas, y a la Comisión Permanente, del estado de la negociación del concierto sanitario, dado los rumores desmentidos por la propia Mutualidad sobre la denuncia de los conciertos sanitarios por parte de las tres Mutualidades.

Modificación del Reglamento del Mutualismo Judicial, en lo relativo al subsidio por jubilación,

Como es conocido la Mutualidad ha promovido la modificación del Reglamento del Mutualismo Judicial para modificar el subsidio por jubilación (hoy el 200 % de las retribuciones básicas del último mes), a fin de dejarlo en una cuantía igual a multiplicar las retribuciones básicas por un coeficiente multiplicador (en la MUFACE es del 0,5, con lo que de aplicar dicho multiplicador se reduciría nuestro subsidio en un 75 %), propuesta a la que se ha opuesto en su informe presentado en el plazo de alegaciones, y nuevamente en la reunión de ayer, CCOO.

La propuesta final que la Mutualidad presentó para informe del Ministerio de Hacienda fue que en cualquier caso el coeficiente multiplicador no pudiera ser inferior a 0,5. Hacienda rechaza que pueda haber un límite mínimo, lo cual pone de manifiesto que tal y como denunció CCOO la modificación del subsidio de jubilación puede suponer que el coeficiente sea inferior a 0,5 o incluso cero, con lo que se abre la puerta para una posible supresión de dicho subsidio.

Aportaciones por productos dietéticos o transporte sanitario no urgente

No se ha producido ningún avance en la tramitación por parte del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad de las normas complementarias de la prestación ortoprotésica (importes máximos de financiación, límites de aportación de los usuarios) y de las aportaciones de los usuarios para productos dietéticos y transporte sanitario no urgente, que una vez que se aprueben implicarán un incremento de las aportaciones que ya hacemos al  respecto los mutualistas por estos conceptos.

Requisito de dependencia económica del cónyuge o pareja de hecho del mutualista, para ser beneficario

La Mutualidad solicitó a la Abogacía del Estado informe sobre si debe seguir exigiendo dependencia económica del cónyuge o pareja de hecho del mutualista para ser su beneficiario, dado que la Seguridad Social no exige dicho requisito. La Abogacía del Estado informó al respecto que es legal dicha exigencia de dependencia económica para ser beneficiario por estar así incluida en el Reglamento del Mutualismo Judicial, que no se ve afectado por las normas propias de beneficiarios de la Seguridad Social. De la misma forma la Mutualidad permite que los mayores de 26 años dependientes de los mutualistas sin derecho a asistencia sanitaria por derecho propio sean beneficiarios del mutualista, a diferencia de la Seguridad Social.

Recursos contra resoluciones de la Mugeju

Se han incrementado en un 100 % los recursos interpuestos por los mutualistas contra las resoluciones de la Mutualidad, relativos en su mayoría a las prestaciones suprimidas y modificadas en diciembre de 2012 por resolución de la Gerencia de la Mutualidad.

Recursos contra reclamaciones de pago de medicamentos de uso hospitalario y recurso contra denuncia del concierto sanitario en Canarias

La Mugeju informó que se están ganando la totalidad de recursos presentados relativo al pago de  medicamentos de uso hospitalario reclamados por determinadas comunidades autónomas a la Mugeju respecto de mutualistas adscritos al INSS (en alguna ocasión se remitió la factura a los propios mutualistas adscritos al INSS en lugar de remitirla a la MUGEJU, lo que originaba a los mutualistas una situación de incertidumbre respecto a un pago que no les corresponde), hasta el punto que se ha ido formando doctrina al respecto y algunas comunidades autónomas están desistiendo de recursos presentados.

La denuncia del concierto sanitario en Canarias sigue en suspenso, y previsiblemente haya sentencia antes de que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre el recurso interpuesto contra la suspensión de dicha denuncia acordada como medida cautelar por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.


                                                           Madrid, a 15 de julio de 2013

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