BOE de 20 de febrero de 2020
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
Funcionarios del Subgrupo C2 y Agrupaciones Profesionales
Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios/as pertenecientes a las agrupaciones profesionales a que se refiere la disposición transitoria tercera del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (anterior grupo E del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto) o a los cuerpos o escalas de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, de conformidad con el artículo 624 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas al puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes
Saludos
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