miércoles, 3 de junio de 2015

La comisión de Justicia del Congreso aprueba la derogación de la privatización del Registro Civil y pasa ahora al Senado (2 de junio de 2015)








La comisión de Justicia del Congreso aprueba la derogación de la privatización del Registro Civil y pasa ahora al Senado (2 de junio de 2015)

Estimados compañeros y compañeras:

Según la información de que disponemos en estos momentos, la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha procedido hoy a la Aprobación con competencia legislativa plena del proyecto de ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.

Según también esta información (que a la hora de redactar esta nota, aún no ha sido publicada por el Congreso de los Diputados, y que ahora pasa al Senado para su tramitación) la aprobación por dicha comisión de dicho proyecto de ley, incluye las enmiendas que fueron presentadas por todos los grupos parlamentarios que anulan la privatización del Registro Civil (como hemos venido informando desde CCOO, se procede a anular las disposiciones adicionales vigésima, vigesimoprimera, vigesimotercera, vigesimocuarta y vigesimoquinta de la Ley 18/2014, que entregaba a los Registradores la gestión del Registro Civil, y se amplía el plazo de la entrada en vigor de la Ley 20/2011 del Registro Civil hasta el 30 de junio de 2017)

El citado proyecto de ley incluye también que, a partir del 15 de octubre de 2015, los datos de los recién nacidos se remitirán a través de vía electrónica desde los centros médicos, que sustituirá al desplazamiento hasta las sedes de los Registros Civiles de los padres en los días posteriores al nacimiento para inscribir a sus hijos. 

La dirección de los hospitales tendrá que comunicar los nacimientos al Registro Civil que le corresponda. 

El Encargado del Registro Civil, una vez recibida y examinada la documentación, practicará inmediatamente la inscripción del nacimiento. 

El sistema se empleará también para las defunciones, en las que también se enviará electrónicamente la comunicación de fallecimiento.

La dirección de hospitales, clínicas y establecimientos sanitarios comunicará a la Oficina del Registro Civil competente cada uno de los fallecimientos que hayan tenido lugar en su centro sanitario


Saludos

Adjuntamos enlace a la página del Congreso de los Diputados y el estado de la tramitación del citado proyecto de Ley:


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