A pesar del compromiso de la
Subsecretaría de Justicia con CCOO, mientras no dispongamos del texto final que
se han comprometido a introducir, vamos a estar vigilantes para que sea así
CCOO ha exigido al
Ministerio de Justicia que la supresión, de la disposición final segunda de la
Ley de Tasas, tenga carácter urgente porque, de lo contrario, cientos de
funcionarios y funcionarias deberán seguir compareciendo con abogado y
procurador hasta que se apruebe la Ley de Justicia Gratuita
DESDE LA SUBSECRETARÍA DE
JUSTICIA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA HAN TRASLADADO A CCOO SU COMPROMISO DE SUPRIMIR
LA DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA, ELIMINANDO LA POSTULACIÓN DEL PERSONAL
FUNCIONARIO DE LAS AAPP, PERO AFIRMA QUE SE INTRODUCIRÁ EN LA LEY DE JUSTICIA
GRATUITA Y NO EN LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE TASAS
Madrid, a 22 de febrero de
2013
CCOO viene demandando desde que se conoció el texto de la
ley de Tasas Judiciales, y más desde su aprobación y publicación en el BOE,
que, entre las cuestiones que tenía que modificar el Ministerio de Justicia de
dicha Ley se encontraba la eliminación de la Disposición final segunda, para
que el personal funcionario de las AAPP pudiera interponer los recursos
contenciosos-administrativos en defensa de sus derechos laborales y
profesionales, sin la necesidad de acudir
con abogado ni procurador. Y así lo
hemos seguido reiterando en todas las reuniones que hemos mantenido con
responsables del Ministerio de Justicia y en reiterados escritos que hemos
remitido.
El compromiso de hoy de la
Subsecretaría de Justicia con CCOO de eliminar esta disposición es una victoria
para los trabajadores. No obstante, y, teniendo en cuenta el incumplimiento de
compromisos anteriores del Gobierno, permaneceremos vigilantes para que sea así.
Y CCOO rechaza, y así lo ha manifestado a la Subsecretaría
de Justicia, que no se introduzca esta cuestión en el Real Decreto de
modificación de la Ley de Tasas Judiciales que aprueba hoy el consejo de
ministros, porque alarga innecesariamente, y de forma injustificada, la
recuperación inmediata de este derecho fundamental para el personal funcionario
de las AAPP.
Además, en el texto del Real Decreto que modifica la Ley de
Tasas Judiciales, y que aprueba hoy el Consejo de Ministros, se ha introducido
la siguiente modificación sobre dicha ley:
“Se añade un
nuevo apartado 4 al artículo 4:
«4. En el orden contencioso-administrativo, los
funcionarios públicos cuando actúen en defensa de sus derechos estatutarios
tendrán una exención del 60 por ciento en la cuantía de la tasa que les corresponda
por la interposición de los recursos de apelación y casación.»
Para CCOO es claramente insuficiente la introducción de este
nuevo apartado que, según el Ministerio de Justicia, se incorporará a la Ley, porque
solo permite garantizar que el personal funcionario cuando deba acudir a interponer
recurso de apelación o casación en la jurisdicción contenciosa-administrativa
en materia de defensa de derechos profesionales, quedará exento del 60 % de la
tasa y no del 100% de la misma, tal y como hemos exigido de forma reiterada.
CCOO también rechaza por
insuficientes las modificaciones introducidas hoy a la ley de Tasas, porque entendemos
que se debe eliminar cualquier tasa judicial para todos los trabajadores y
trabajadores, sean personal público, funcionario o laboral, o de la empresa
privada.
Y a pesar de los cambios que anuncia el ministro Gallardón,
para CCOO siguen siendo claramente insuficientes y por eso hemos mantenido
nuestra exigencia a la Defensora del Pueblo de que presentara el recurso de inconstitucionalidad contra esta ley,
porque mantiene aspectos gravísimos que vulneran los derechos de la ciudadanía
y de los trabajadores y de las trabajadoras.
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