Concurso
de traslado de cuerpos generales
CCOO
SOLICITA AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y A LAS CCAA CON COMPETENCIAS
TRANSFERIDAS QUE SEAN INCLUIDAS EN EL CONCURSO DE TRASLADO LAS PLAZAS
CORRESPONDIENTES A LOS JUZGADOS DE NUEVA CREACIÓN QUE ENTRARÁN EN
FUNCIONAMIENTO EN 2019
CCOO
vuelve a advertir a las administraciones competentes que están
obligadas a justificar de forma fehaciente los motivos de interés
general por los que determinadas plazas vacantes se excluyen del
concurso de traslado y que, de no cumplirse está obligación,
recurriremos la convocatoria ante los tribunales de justicia
El Real Decreto 256/2019, de 12 de abril
estableció la creación en este año de 51 nuevos juzgados y la
constitución de 2 más en la Comunidad Valenciana, previamente
creados y que no han entrado aun en funcionamiento, que se indican al
final de esta hoja.
La propuesta de CCOO
de que las plazas de dichos juzgados se incluyan en el concurso de
traslado evitaría la situación que se ha producido todos los años
en que se han creado nuevos órganos judiciales, que no disponen de
personal titular en la fecha de su entrada en funcionamiento,
debiendo recurrirse a mecanismos extraordinarios de provisión de
puestos de trabajo como las comisiones de servicio o el nombramiento
de personal interino, situación que se mantiene hasta la
convocatoria y resolución de un nuevo concurso de traslado que
genera entonces la renovación de todo el personal, lo que no
redunda, precisamente, en la mejor prestación del servicio público.
Impide además esta situación optar a estas plazas a multitud de
compañeros y compañeras que podrían estar “congelados/as” en
el próximo concurso si obtienen destino en el que se va a convocar
este año.
En aquéllos centros de trabajo en que ya está
implantada la Nueva Oficina Judicial, CCOO
solicita a la Administración la inclusión en el concurso de las
plazas de las UPAD y la negociación inmediata de los incrementos de
plantilla necesarios en los servicios comunes para que dichas plazas
puedan también ser convocadas en concurso de traslado.
POSICIÓN DE CCOO
SOBRE LA NO INCLUSIÓN DE PLAZAS VACANTES EN EL CONCURSO DE TRASLADO
Los tribunales de justicia en multitud de sentencias han establecido
por un lado que “la Administración, en su potestad de
autoorganización puede decidir que determinadas plazas no se saquen
a concurso”; pero establece la condición, “para evitar la
arbitrariedad, de que la Administración está obligada a dar las
razones de interés general por las que dichas plazas no se sacan a
concurso” pues solo así no se lesionan los derechos del personal
titular que “posee legítimas expectativas en la obtención de
dichas plazas”.
CCOO hemos
solicitado que todas y cada una de las plazas vacantes sean incluidas
en el concurso de traslado ya que la única razón que se había dado
para excluir multitud de ellas era que se estaban reservando plazas
para el personal de nuevo ingreso que supere las pruebas selectivas
de las OEP de 2017 y 2018, convocatoria acumulada pendiente aun de su
publicación en el BOE.
Esta argumentación ha quedado totalmente
desvirtuada por la comunicación del Ministerio de Justicia de 19 de
junio de 2019 que, ante las continuas reclamaciones de CCOO,
reconoció que el concurso de traslado se resolverá previsiblemente
antes que los procesos selectivos mencionados y que, por lo tanto,
podían convocarse a concurso todas las plazas vacantes, incluidas
las llamadas desiertas.
Ante esta situación si el Ministerio de
Justicia o alguna de las CCAA con competencias transferidas excluye
arbitrariamente del concurso algunas plazas vacantes o “desiertas”
CCOO
formulará recurso contra la convocatoria de este concurso de
traslado.
RELACIÓN DE JUZGADOS DE NUEVA CREACIÓN EN 2019
a) Juzgados de primera
instancia:
Número 10 de Almería.
Número 6 de Cádiz.
Número 9 de Huelva.
Número 19 de Granada.
Número 21 de Málaga.
Números 30 de Sevilla.
Número 17 de Las Palmas de
Gran Canaria.
Número 6 de Telde.
Número 7 de San Cristóbal de
La Laguna.
Número 12 de Santander.
Números 60 de Barcelona.
Número 8 de Reus.
Número 14 de Alicante.
Número 29 de Valencia.
Número 14 de A Coruña.
Números 104 y 105 de Madrid.
Número 6 de Torrejón de
Ardoz.
Número 17 de Murcia.
Número 10 de Pamplona.
Número 16 de Bilbao.
b) Juzgados de primera
instancia e instrucción:
Número 6 de Chiclana de la
Frontera.
Número 3 de Arucas.
Número 8 de Toledo.
Número 8 de Arenys de Mar.
Número 6 de Vic.
Número 6 de Sagunto.
Número 5 de Plasencia.
Número 7 de Molina de Segura.
c) Juzgados de lo penal:
Número 15 de Málaga.
Número 16 de Sevilla.
Número 2 de Segovia.
Número 4 de Elche/Elx.
Número 19 de Valencia.
Número 3 de Logroño.
d) Juzgados de lo social:
Número 5 de Almería.
Número 12 de Sevilla.
Número 5 de Valladolid.
Números 34 y 35 de Barcelona.
Número 3 de Terrassa.
Número 4 de Santiago de
Compostela.
Número 6 de Vigo.
Números 43 y 44 de Madrid.
Número 3 de Móstoles.
e) Juzgados de lo mercantil:
Número 2 de Santa Cruz de
Tenerife.
Número 12 de Barcelona.
Números 15 y 16 de Madrid.
f) Juzgado Decano exclusivo en
Alicante.
g) Se constituyen los dos
siguientes juzgados de primera instancia cuya entrada en
funcionamiento estaba en suspenso:
-
Número 5 de Torrevieja.
-
Número 6 de Gandía.
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