Ante
las dudas lógicas de muchos compañeros, intentaremos explicar en estas líneas
de donde nos ha venido el descuento en la nómina de Julio.
En contra de lo que se
piensa, este recorte, NO es un recorte de la Junta de Andalucía, sino es el
recorte de la paga extra anunciada por Rajoy.
CCOO tras iniciar una
batería de consultas y solicitud de explicaciones a la Junta, se nos confirmó
con un escueto correo electrónico que se nos empieza a descontar desde julio lo
que el Gobierno Central, ha decidido suprimirnos de paga extra, conforme al
artículo 3.3 del RDL 20/2012.
Ese artículo, que se refiere al descuento de nuestra
paga extra, para el personal al servicio de la administración de justicia,
se establece un procedimiento especial
a diferencia del resto de funcionarios y funcionarias del Estado y de las
Autonomías, ya que, no se nos descuenta como ellos, es decir suprimiendo la
paga en diciembre, sino que nos aplican el descuento diferenciado en dos
partes; una parte se suprimirá en dicho mes, en diciembre,
(complemento de destino en paga extra y complementos específico de paga extra, este último venía por separado como concepto paga adicional en nuestras nóminas de paga extra). La otra parte que compone la paga extra, es decir, sueldo base más los trienios que cada uno tenga personalmente, se nos descuentan mes a mes desde julio (en este caso la Junta se ha dado prisa en comenzar a aplicarlo) hasta diciembre.
(complemento de destino en paga extra y complementos específico de paga extra, este último venía por separado como concepto paga adicional en nuestras nóminas de paga extra). La otra parte que compone la paga extra, es decir, sueldo base más los trienios que cada uno tenga personalmente, se nos descuentan mes a mes desde julio (en este caso la Junta se ha dado prisa en comenzar a aplicarlo) hasta diciembre.
Lo hacen para sortear el hecho de que la paga
extra está recogida en la LOPJ y un RDL no podría modificarla, por eso lo
aplican de esta forma.
Esto supone que nos quitaran
una 7 parte del sueldo base y de los trienios en cada nómina y el doble en
diciembre (aunque la formula del RDL habla de dividir ambos conceptos entre 14
y aplicar dicha cantidad como deducción en cada nomina, que a la postre da el
mismo resultado).
Para intentar aclarar un
poco este galimatías, en resumen, cada mes desde julio a noviembre veremos los
conceptos sueldo base, trienios nuevos y trienios antiguos minorados en una
séptima parte de lo que teníamos hasta ahora, el resto de conceptos sigue igual
(cierto es que debería cambiar la retención de IRPF al cobrar menos
anualmente).
En la nómina de diciembre, igualmente veremos
esos dos conceptos minorados, y nos aparecerá también un concepto "paga
extra" que será ficticio ya que nos lo habrán “descontando” los meses
antes, y la cuantía que tendrá será el de la suma de un sueldo base y los
trienios de cada uno, minorado todo ello en una séptima parte también, no
tendrá incluido el concepto de complemento de destino de paga extra, ni nos
aparecerá en diciembre tampoco el concepto paga adicional.
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