Nueva prórroga para la entrada en vigor de la Ley del Registro Civil
LA COMISIÓN DE JUSTICIA
ACUERDA PRORROGAR LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE REGISTRO CIVIL HASTA EL 30
DE JUNIO DE 2020, TAL Y COMO RECLAMÓ CCOO Y LAS DEMÁS ORGANIZACIONES SINDICALES
CCOO defiende que dicha prórroga debería ir más allá de simplemente
aplazar su entrada en vigor, debiendo incluir que el Registro Civil será
prestado por el personal de la Administración de Justicia y el mantenimiento de
su estructura territorial.
La prórroga de la vacatio legis supone automáticamente la
prórroga de la entrada en vigor de la competencia de los Notarios para tramitar
expedientes previos al matrimonio civil
Madrid, 22 de abril de 2018
La
Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados acordó el jueves por
decisión mayoritaria prorrogar 2 años más la entrada en vigor de la Ley 20/2011
del Registro Civil, de forma que dicha Ley entre en vigor el 30 de junio de
2020. Dicha prórroga se hará mediante una enmienda que se introducirá en una
Proposición de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que está en trámite
parlamentario (finalizado el periodo de presentación de enmiendas, pendiente de
aprobación por dicha
Comisión con iniciativa legislativa plena), y que luego
debe ser convalidada por el Senado.
De
esta forma, los partidos políticos dan respuesta, en parte, a la exigencia de CCOO,
que ante la imposibilidad de la toma en consideración de la Proposición de Ley
de reforma de la Ley de Registro Civil presentada por el Grupo Parlamentario de
Podemos en este periodo de sesiones, habíamos solicitado la inmediata
presentación de una nueva prórroga de la vacatio
legis por un plazo mínimo de dos años de la Ley 20/2011.
La
prórroga de vacatio legis es la
consecuencia inevitable del rechazo en febrero a la toma en consideración de la
Proposición de Ley de reforma de la Ley 20/2011, presentada por el Partido
Popular, y la imposibilidad de la toma
en consideración en este periodo de sesiones de la Propuesta de Ley de reforma
de la Ley 20/2011 presentada por Podemos. La Ley 20/2011 no podía entrar en
vigor el 30 de junio de 2018 porque falta su desarrollo tecnológico
(implantación de programa para registro electrónico único, digitalización de
todos las inscripciones posteriores a 1950), orgánico (cuál es su estructura
territorial definitiva, quiénes son sus Encargados), funcional (a qué
administración pertenecen sus personal) y reglamentario (normas de desarrollo
de la Ley).
A
falta de conocer el texto de la enmienda de la Ley 20/2011 para la prórroga de
la vacatio legis, es bastante
probable que ésta se limite a modificar la fecha de su entrada en vigor
establecida en la Disposición Final Décima.
Frente a otras
propuestas que han solicitado, sin más, esta prórroga, CCOO
defiende que la misma debería ir más allá, debiendo incluir que el Registro
Civil será prestado por el personal de la Administración de Justicia, el
mantenimiento de las Oficinas de Registro actuales (una por partido judicial) y
de las funciones delegadas de los Juzgados de Paz,
puntos que tenían en común las Proposiciones de Ley del PP y Podemos y que, al
menos respeto del primero de los puntos, había manifestado su conformidad
Ciudadanos. Y ello porque la mera prórroga de la vacatio legis, si bien es una solución a corto plazo que permite
mantener, por ahora, los Registros Civiles conforme a su estatus actual (dentro
de la Administración de Justicia, cercano a los ciudadanos, servidos
íntegramente por personal de la Administración de Justicia) no soluciona de
forma definitiva el problema que la redacción vigente de la Ley 20/2011 motivó,
y que dio lugar al intento de privatización del Registro Civil por parte de los
Registradores de la Propiedad con el apoyo de Rajoy, sino que simplemente lo
aplaza.
La
prórroga de la vacatio legis de la
Ley de Registro Civil supone, automáticamente, la prórroga de la entrada en
vigor de la competencia de los Notarios para tramitar expedientes previos al
matrimonio civil, dado que conforme establece la Disposición Final Vigesimo
Primera de la Ley 15/2015, de jurisdicción voluntaria, las modificaciones de
los artículos del Código Civil y de la Ley de Registro Civil que lo harían
posible entran en vigor “en la fecha de
la completa entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro
Civil”.
Una
vez aprobada la prórroga de la vacatio
legis, corresponde al Ministerio de Justicia elaborar y presentar un
Proyecto de Ley de reforma de la Ley 20/2011 que responda de una vez a los
criterios que ha manifestado el Ministro de Justicia de forma reiterada ante
las organizaciones sindicales, y que a nuestro juicio contiene la Proposición
de Ley presentada por Podemos. CCOO seguirá
defendiendo, tal y como parece que el Ministerio de Justicia ha asumido, que el
Registro Civil siga siendo un servicio público, gratuito, cercano a los
ciudadanos, con los LAJ como Encargados del mismo, servido íntegramente por
personal de la Administración de Justicia, con Oficinas en cada partido
judicial, con funciones delegadas por los Juzgados de Paz, También defenderemos
la exclusividad de los Registros Civil para la tramitación de todos los
expedientes registrales (incluidos los previos al matrimonio) y que la
instrucción de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por
residencia vuelvan a recaer sobre las Oficinas de Registro Civil.
CCOO exigimos
además al PSOE y a Ciudadanos que se unan sin tapujos a la mayoría
parlamentaria y a la unanimidad sindical que defienden el mantenimiento de la
estructura territorial actual de los registros civiles, con oficinas
principales en todos los partidos judiciales y con oficinas delegadas en todos
los Juzgados de Paz.
Asimismo, CCOO
entiende necesario (y hasta obligatorio, a la vista del informe del Defensor
del Pueblo 2017 en esta materia) que el Gobierno modifique ya el Real Decreto
1004/2015, que aprobó el Reglamento para la tramitación de las solicitudes de adquisición de nacionalidad
española por residencia, a fin de que los ciudadanos extranjeros puedan volver
a recibir información sobre los trámites de nacionalidad, revisar sus
documentos y presentar sus solicitudes a través de los Registros Civiles, tal y
como sucedía hasta junio de 2017. Al efecto, CCOO se
va a dirigir al Ministro de Justicia interesando la reforma urgente de dicho
Real Decreto.
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