El Ministerio de Justicia, ha procedido a la recepción y
presentación de los textos elaborados por las Comisiones institucionales
creadas por Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 2012, para la
elaboración de propuestas de textos articulados de Ley Orgánica del Poder
Judicial y de Ley de Enjuiciamiento Criminal
DE PROSPERAR ESTOS PROYECTOS, SOLO SE MANTENDRÁN ÓRGANOS
JUDICIALES (LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA) EN LAS CAPITALES DE PROVINCIA, DESAPARECERÁN
LOS JUZGADOS DE PAZ, LOS DE INSTRUCCIÓN, PRIMERA INSTANCIA Y MIXTOS Y LAS
AUDIENCIAS PROVINCIALES
EL MINISTERIO FISCAL SERÁ EL ENCARGADO DE LA INSTRUCCIÓN DE
LOS PROCEDIMIENTOS POR DELITO
LOS PROCURADORES PODRÁN REALIZAR LOS ACTOS DE
COMUNICACIÓN Y LAS DILIGENCIAS DE EJECUCIÓN
Madrid, 4 de Marzo de
2013
El pasado año, el CGPJ, propuso al Ministerio de Justicia la
supresión de un elevadísimo número de partidos judiciales reunificando los
actualmente existentes. Ya entonces, desde CCOO hicimos pública nuestra oposición a dicha
propuesta por entender que la misma suponía un alejamiento de la Administración
de Justicia de los ciudadanos. Esta oposición fue secundada a instancia de CCOO por
un sinfín de municipios españoles y por varias asambleas de distintas
Comunidades Autónomas.
La nueva organización que ahora se propone por las
“comisiones de expertos” ahondan en el problema que entonces denunciamos y pone
a CCOO
sobre aviso del evidente peligro que está profunda transformación de la
Administración Justicia puede causar en forma de destrucción de puestos de trabajo, traslado multitudinario de
personal afectado por la supresión de las sedes judiciales de los Juzgados
de Paz y de los Juzgados radicados fuera de las capitales de provincia y
modificaciones también retributivas derivadas de la supresión o reducción de
los Juzgados de Guardia tal y como ahora los conocemos.
Ante este nuevo proyecto organizativo sigue siendo para
Comisiones Obreras como prioritaria que no supondrá en ningún caso la
eliminación de puestos de trabajo, a la vez que incidiremos en que no se
produzcan traslados forzosos, especialmente con cambio de residencia y que
ninguna retribución se vea mermada por la implantación del nuevo modelo.
Las reformas que más nos afectan y que
están recogidas en estas propuestas son:
§
La desaparición de los
Juzgados de Paz, de todos los Partidos Judiciales y de las Audiencias
Provinciales.
§
Se potencia la función
pública de los Procuradores para que realicen actos de comunicación y de
ejecución bajo la dirección de los Secretarios.
§
La creación para la primera
instancia en todos los órdenes jurisdiccionales de los Tribunales de Instancia,
de ámbito provincial (salvo en Madrid y Barcelona que podrán tener ámbito
inferior al provincial).
§
La organización judicial del
estado quedaría establecida con el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los
Tribunales Superiores de Justicia y los Tribunales de Instancia.
§
La atribución de la
dirección de la investigación penal al Ministerio Fiscal.
Otros aspectos contenidos en el proyecto
que afectan a nuestras condiciones de trabajo son:
-
La eliminación del
mes de Agosto como mes inhábil para las actuaciones judiciales.
-
Los Secretarios
Judiciales cambian de nombre y pasan a denominarse Letrados al servicio de la
Admón. de Justicia.
-
Como dato curioso,
permanecen el Registro Civil Central y los Registros Civiles Exclusivos como
centros de destino de los funcionarios de justicia.
Para la implantación de los Tribunales de
Instancia el documento plantea que “la Ley de Demarcación y Planta deberá
establecer un período transitorio razonable, que permita una adaptación poco traumática
al nuevo modelo organizativo”.
Según la propuesta, el Tribunal de
Instancia constará de cuatro Salas, una por cada orden jurisdiccional. Dentro
de cada Sala habrá “unidades judiciales” y “secciones”, dependiendo de que el
asunto sea atribuido por las leyes procesales a un juez unipersonal o a un
colegio de jueces. Las Salas asumirán todas las funciones que actualmente
desempeñan todos los Juzgados de la provincia y las Audiencias Provinciales en
primera instancia (o del ámbito territorial que corresponda en Madrid y
Barcelona).
En los Tribunales Superiores de Justicia
habrá también cuatro salas, una por cada orden jurisdiccional. Serán el órgano
ordinario de segunda instancia para todos los procedimientos, asumiendo los
recursos que ahora tramitan las Audiencias Provinciales.
El Código Procesal Penal sustituirá a las
vigentes leyes de Enjuiciamiento Criminal, del Jurado y del Procedimiento de
Habeas Corpus.
El Fiscal asumiría las actuales funciones
de los Jueces de Instrucción en cuanto a la investigación de los delitos. Ello
obligaría, con el esquema organizativo a que se refiere la nueva LOPJ, a la
creación dentro de las Salas Penales de los Tribunales de Instancia de unidades
o secciones de garantías, para la adopción de medidas cautelares o para acordar
diligencias de investigación (o para ratificar las acordadas por los fiscales)
que pudieran afectar a derechos fundamentales (por ejemplo, prisión provisional
o intervención telefónica).
Esta nuevas atribuciones de las fiscalías conllevarían un
traslado multitudinario de funcionarios (de los juzgados de instrucción a las
fiscalías) que se sumaría al provocado por la desaparición de los juzgados de
paz y de primera instancia, instrucción o mixtos. Tendría además incidencia en
la realización de las guardias y en las retribuciones por este concepto.
CON EL APOYO DE TODOS/AS, COMISIONES OBRERAS IMPEDIRÁ
QUE LAS MODIFICACIONES ORGANIZATIVAS PUEDAN INFLUIR NEGATIVAMENTE EN NUESTRAS
CONDICIONES DE TRABAJO Y EN EL EMPLEO PÚBLICO
BASTA DE
RECORTES
¡¡¡MOVILÍZATE
CON CCOO!!!
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